SIN INFORMACION

KETCHANA MORLAN JEAN PAUL / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

7 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO: A folio 1, se interpone recurso de amparo en nombre y en favor de Ketchana Morlan Jean Paul, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°25.959.738-2, a causa de la Resolución Exenta número 24180694, de fecha 18 de abril del presente año, la cual fue emanada del Servicio Nacional de Migraciones, ya que constituye un acto desproporcionado, arbitrario e ilegal que vulnera el derecho a la libertad personal del amparado, consagrado en el artículo 19 N°7 del texto constitucional, que le impide residir y permanecer en nuestro país. Funda su arbitrio señalado que con fecha 30 de diciembre de 202, la amparada realizó la solicitud de Permanencia Definitiva, número de tramite 59751543. Indica que con anterioridad al envió su solicitud de permanencia definitiva, la recurrente contaba con su visa temporaria al momento de realizar su Solicitud de Regularización, proporcionándole permiso de trabajo mientras la regularización se encuentra en trámite. Así se puede demostrar su contrato de trabajo y con los certificados de cotizaciones emitidos por FONASA con fecha 20 de abril del presente año y certificado de cotizaciones emitido por AFP Provida de misma fecha, que se acompañan junto con esta presentación. Señala que el Servicio recurrido notificó al amparado (sic) con fecha 18 de abril 2024, mediante Resolución Exenta N°24180694, el rechazo a la solicitud de regularización y procede a ordenar el abandono del país por parte del amparado (sic), lo cual constituye una amenaza a su libertad ambulatoria, fundamentado que el extranjero no cumple con los requisitos que lo habilitan para residir en el país, ya que no remitió el certificado de antecedentes y comprobante de pago de multa solicitada por la autoridad. Sin perjuicio de lo anterior, el amparado acompañó los documentos indicados a su solicitad en el momento oportuno. Refiere que adicional a los

Fundamentos

motivos señalados, en el mismo informe señalado, la autoridad administrativa señala que el rechazo a la solicitud de permanencia definitiva de la amparada, se produjo en virtud del artículo 64 N°1 del Decreto Ley 1.094, señalando que la amparada contaría con una condena de naturaleza penal en Chile dictada por el 7° Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT 8691-2015, RUC1500419796-5, por el delito de robo con violencia. Lo anterior, no solo no es cierto, toda vez que realizando la revisión de la causa penal en la que supuestamente habría sido condenada la amparada, resulta que el condenado no solo es otra persona distinta de sexo masculino y chilena, sino que además los hechos por los cuales se le condenó serían del año 2015 cuando la amparada aún se encontraba en su país de origen Haití y no registraba ingreso a nuestro país. Expone que el objetivo de la amparada es seguir desarrollándose de forma profesional laboral, personal y familiar, toda vez que su familia se encuentra en el territorio nacional y han desarrollado su vida en Chile. Su grupo familiar se compone por su pareja GUY FRANTZ JUSTIN, cédula de identidad para extranjeros N°26.247.045-8, quien cuenta con residencia definitiva hasta el año 2027, y su hija de nacionalidad chilena doña KENISHA JUSTIN MORLAN, cédula de identidad N°27.889.250-6, quienes aprovechando las oportunidades que este país le proporciona, optando a una mejor calidad de vida han formado su círculo familiar y social en Chile. Pide se declare la nulidad de la Resolución Exenta número 24180694, ordenando al Servicio Nacional de Migraciones continuar con el procedimiento de solicitud de regularización migratoria del amparado (sic) a fin de regularizar su situación y que el grupo familiar pueda permanecer unido en el país. A folio 8, informa la Dirección Regional de Valparaíso del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Señala que, con fecha 30 de diciembre de 2022 la persona extranjera Ketchana MORLAN JEAN PAUL solicitó el beneficio de la residencia definitiva, mediante ID N°59751543. Hace presente que su visa de residencia anterior a la postulación venció con fecha 26 de octubre de 2019, por lo que postuló encontrándose irregular en el territorio nacional por un período superior a 1 año. Mediante Comunicación Electrónica N°48305740, de fecha 24 de octubre de 2023, se comunicó a la persona extranjera respecto de las razones que sirven de fundamento al pre rechazo de su solicitud de acuerdo a lo previsto en el artículo 91 de la Ley N°21.325, otorgándole un plazo de 10 días para presentar antecedentes respecto de la causal de rechazo invocada por esta autoridad. Habiéndose cumplido el plazo de 10 días hábiles otorgados, la persona extranjera no presenta certificado de antecedentes del país de origen debidamente legalizado o apostillado, además no remite la sanción correspondiente al artículo 107 solicitada por la autoridad. Mediante Resolución Exenta N°24180694 de fecha 18 de abr

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de Ketchana Morlan Jean Paul, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, y en consecuencia se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 24180694, de fecha 18 de abril de 2024, debiendo la recurrida reabrir el procedimiento administrativo otorgando un plazo no inferior a seis meses, para que la amparada acompañe el certificado de antecedentes penal debidamente legalizado. Asimismo, deberá poner a disposición de la actora el formulario necesario para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 107 de la ley 21.325, notificando de esta diligencia al correo electrónico que la amparada tenga registrado en el servicio. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1267-2024.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, siete de junio de dos mil veinticuatro. VISTO: A folio 1, se interpone recurso de amparo en nombre y en favor de Ketchana Morlan Jean Paul, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°25.959.738-2, a causa de la Resolución Exenta número 24180694, de fecha 18 de abril del presente año, la cual fue emanada del Servicio Nacional de Migraciones,

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