JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE MARIA ELENA

FRANCISCO JAVIER VITTA URRUTIA C/ MARIO SEGUNDO CORTES PENA

Rol

Fecha

7 de junio de 2024

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, compartiendo los argumentos del juez a quo y teniendo presente además que no han variado las circunstancias que se tuvieron en vista al momento de decretar la prisión preventiva, manteniéndose las circunstancias justificantes de la misma, en especial la circunstancia que incurrió en nuevo ilícito estando con cautelares en libertad por delito del mismo tipo, lo que deja patente la insuficiencia de las cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal para resguardar los fines del procedimiento, y teniendo por último presente que los antecedentes nuevos alegados no son suficientes para alterar aquello, se confirmará la resolución en alzada. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 370 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de fecha treinta de mayo de dos mil veinticuatro que mantuvo la prisión preventiva respecto de la imputada GERALDY VALESKA AHUMADA NÚÑEZ, por el delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades. Regístrese y comuníquese. Rol 966-2024 (PENAL)

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 370 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de fecha treinta de mayo de dos mil veinticuatro que mantuvo la prisión preventiva respecto de la imputada GERALDY VALESKA AHUMADA NÚÑEZ, por el delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades. Regístrese y comuníquese. Rol 966-2024 (PENAL)

Texto Completo (Preview)

/jvz ACTA DE AUDIENCIA Antofagasta, a siete de junio de dos mil veinticuatro, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por los Ministros Titulares Sra. Virginia Soublette Miranda, Sr. Juan Opazo Lagos y Sr. Eric Sepúlveda Casanova, se llevó a efecto la audiencia para conocer el recurso de apelación deducido por la Defensa Penal Privada, en contra de la resolución dictada con fe

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