WOM S.A./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO LA FLORIDA
Rol
Fecha
7 de junio de 2024
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
SENTENCIA DE REEMPLAZO
Hechos
Vistos: De la sentencia anulada se reproduce su parte expositiva, los
Fundamentos
fundamentos Primero a Séptimo y las citas legales. Y se tiene además presente: Que la prueba instrumental acompañada por la parte reclamante mencionada en el fundamento Quinto del
Fallo
fallo de reemplazo: Vistos: De la sentencia anulada se reproduce su parte expositiva, los fundamentos Primero a Séptimo y las citas legales. Y se tiene además presente: Que la prueba instrumental acompañada por la parte reclamante mencionada en el fundamento Quinto del fallo anulado y que se ha tenido por reproducido, especialmente los documentos signados con los números 6.- a 11.- y que corresponden a los seis correos electrónicos enviados por WOM S.A. a la Dirección del Trabajo el día de 10 de enero de 2022 entre las 15:55 y las 16:01 horas, con el asunto “Fiscalización N° 1316.2021.1509 accidente del trabajo”, remitiendo la información que fuera requerida por la autoridad administrativa por correo electrónico del día 6 del mismo mes y año a las 13:14 horas, permite tener por acreditado, valorándola de acuerdo a las reglas de la sana crítica conforme lo prevé el artículo 456 del Código del Trabajo, que la empresa sancionada cumplió, dentro del término legal, con el envío de la documentación que se le requirió con motivo del proceso de fiscalización a que fue sometida y que la imposibilidad de acceder materialmente al contenido de dos de tales documentos -investigación del accidente por el Comité Paritario y planilla de la Mutual de Seguridad correspondiente al mes de noviembre de 2021- no se debió a un hecho imputable a esa misma parte, que frente al requerimiento de la autoridad manifestado en el correo de 11 de enero de 2022 a las 7:42 horas, remitió nuevamente esos dos
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Santiago, siete de junio de dos mil veinticuatro. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 482 del Código del Trabajo se dicta el siguiente fallo de reemplazo: Vistos: De la sentencia anulada se reproduce su parte expositiva, los fundamentos Primero a Séptimo y las citas legales. Y se tiene además presente: Que la prueba instrumental acompañada por la parte reclamante mencionada en el funda
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