SIN INFORMACION

RECURSO DE PROTECCIÓN INTERPUESTO EN FAVOR DE MARGARITA COLLADO ZEPEDA CONTRA RICARDO TAPIA SARDELLA(CANCELA AMPARO 122-2024)

Rol

Fecha

7 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA CON COSTAS

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio uno y con fecha veintidós de abril de dos mil veinticuatro, comparece don Cristian Alejandro García Collado, cédula de identidad Nº13.359.827-8, domiciliado en Lote C, Sin Número de Las Tinajas, Combarbalá, quien actúa por sí y en favor de su madre, doña Margarita del Rosario Collado Zepeda, cédula de identidad N°5.256.757-2, domiciliada en Lote D de Las Tinajas, Combarbalá, y deduce recurso de protección en contra del señor receptor judicial de Combarbalá, don Ricardo Roberto Tapia Sardella, cédula de identidad Nº6.293.487-5, por cuanto violentaría derechos consagrados en nuestra carta fundamental, artículo 19 N°3, artículo 19 N°7; artículo 19 N°9 y articulo 19 Nº24 de la Constitución Política de la República. Relata que el recurrido, conjuntamente con doña Nancy García Puelles, ha violentado los derechos constitucionales de su madre y los de su persona pues, al haber actuado sin orden judicial válida y haciendo uso de una orden judicial ya cumplida, procedió a violentar, mediante allanamiento y descerrajamiento, tanto el domicilio de su madre como el suyo, los cuales se encuentran en los inmuebles inscritos a fojas 31, N°37, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Combarbalá, correspondiente al año 2019 y; a fojas 239 vuelta, N°294, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Combarbalá, correspondiente al año 2017, respectivamente, ambos ubicados en el Sector que anteriormente se denominó Fundo El Peralito de Tinajas Sin Número, Comuna de Combarbalá. Precisa que con fecha veinte de abril de los corrientes, entre las 11:30 y 16:30 horas aproximadamente, se constituyó en el domicilio de su madre doña Margarita Del Rosario Collado Zepeda, exhibiéndole una orden emanada por el Juez del Juzgado de Letras de Combarbalá, en la causa Rol C-21-2021, de fecha 21 de Marzo de 2024, resolución que el mismo Receptor recurrido había cumplido el veintiséis de marzo del año en curso, razón por la cual ya no tenía vigencia alguna y, no obstante, procedió a allanar, con el auxilio de Carabineros de Cogotí, el domicilio de su madre y el suyo, en forma ilegal. Arguye que el recurrido, en compañía de terceros, a quienes individualiza, descerrajaron y destruyeron los cierres perimetrales que circundaban las propiedades, para luego retirar -sin autorización legal alguna- desde el domicilio de su madre los empalmes domiciliarios de luz y agua potable que ella tenía contratado y con el cual inclusive los proveía a ellos de lo mismo, sin siquiera contar con la autorización competente de la Empresa Eléctrica y la encargada del Agua Potable Rural. Denuncia que tales actos se habrían efectuado por parte del recurrido, sin respetar los límites y cabidas de los otros propietarios, pese a que le fueron exhibidos los títulos y demás documentos que avalaban la posesión y el dominio y el habérsele señalado que no existía una nueva orden que lo habilitara. Reitera que dicha orden ya había sido cumplida

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, SE RECHAZA, con costas, el recurso de protección interpuesto por don CRISTIAN ALEJANDRO GARCÍA COLLADO, por sí y en favor de su madre, doña MARGARITA DEL ROSARIO COLLADO ZEPEDA en contra de don RICARDO ROBERTO TAPIA SARDELLA Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Redacción de la Abogado Integrante señora Pía Paulina Bustos Fuentes. Rol N°658-2024 Protección.

Texto Completo (Preview)

Collado Zepeda, Margarita Del Rosario Tapia Sardella, Ricardo Roberto Recurso de Protección Rol Nº 658-2024.- La Serena, siete de junio de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio uno y con fecha veintidós de abril de dos mil veinticuatro, comparece don Cristian Alejandro García Collado, cédula de identidad Nº13.359.827-8, domiciliado en Lote C, Sin Número de Las Tinajas,

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