OROZCO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
7 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, comparece Claudia Beatriz Loman, abogada, quien interpone recurso de protección a favor de Carlos Alberto Orozco Guzmán, de nacionalidad colombiana, de 55 años de edad, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el rechazo de su solicitud de residencia temporal y por haber decretado su abandono del país, fundado en que el recurrente presenta antecedentes penales en su país de origen, lo que perturba su derecho a la igualdad ante la ley, contemplado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República. Relata que el actor ingresó al país el 13 de enero de 2016, luego solicitó visa temporaria por
Fundamentos
motivos laborales, la que fue rechazada disponiendo el abandono del país, por haber sido condenado en Colombia, a la pena de 10 meses y 15 días de prisión, por el delito de porte ilegal de armas. Posteriormente interpuso una acción de amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago, la que fue acogida en el mes de diciembre de 2018 (Rol N° 3182-2018), dejando sin efecto la orden de abandono. Explica que, en el mes de enero de 2019, y previo pago de multa, el actor solicitó una visa sujeta a contrato de trabajo, la que le fue otorgada por diez meses, pese a contar con antecedentes penales. Posteriormente, en abril de 2022, solicita una nueva residencia temporal, la que fue rechazada por Resolución Exenta N° 43.721, de 22 de septiembre de 2023, basándose en el mismo argumento, por contar con antecedentes penales en su país de origen, además de ordenarse el abandono del país. Sostiene que no es posible que le otorguen una visa de trabajo, previo análisis de los documentos acompañados, el que incluyó el certificado de antecedentes penales, pero ahora se le rechace una nueva solicitud, estando en igual condición. Hace presente, que el actor reside en nuestro país junto a su hija de nacionalidad colombiana, quien tiene permanencia definitiva, con su nieto chileno y otro colombiano, y con su conviviente de hecho, quien también es chilena, con quien vive hace 5 años. Respecto al delito, señala que este fue cometido en el año 2000, es decir, hace 23 años, y se trata de un porte ilegal de armas, cumpliendo una pena de diez meses y 15 días, el cual ya se encuentra cumplida y prescrita. Pide que se acoja el recurso, y que se deje sin efecto resolución exenta dictada por el Servicio, ordenando que se le otorgue la solicitud de residencia. Acompaña resolución exenta que impugna, documentos identificatorios de quienes dicen ser sus familiares y su conviviente, copia del expediente de condena y de resolución que declaró la prescripción de la pena. A folio 4, evacua informe el Servicio Nacional de Migraciones, explicando que el actor ingresó al país en enero de 2016, por el paso fronterizo Chacalluta, en febrero solicitó la residencia temporal por motivos laborales, esta se rechazó y se dispuso el abandono del país, al registrar antecedentes penales en el país origen, confirmando que el abandono quedó sin efecto por la Corte de Apelaciones de Santiago, luego de acogerse un recurso de amparo a favor del recurrente. Refiere que, en noviembre de 2020, se le concedió al actor una visa de trabajo, la que estuvo vigente hasta el 24 de octubre de 2021. Posteriormente, en abril de 2022, solicitó una nueva residencia temporal, el Servicio le pide que remita el certificado de ampliación de antecedentes judiciales, debidamente apostillado, el extranjero lo presenta, verificándose que fue condenado en su país de origen como autor del delito de porte ilegal de armas, a la pena de 10 meses y 15 días. Por este motivo –refiere- se rechazó la solicitud de residencia, de
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Carlos Alberto Orozco Guzmán, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y oportunamente, archívese. Protección N° 4002-2024. No sujeta a anonimización. En Valparaíso, siete de junio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A Valparaíso Valparaíso, siete de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, comparece Claudia Beatriz Loman, abogada, quien interpone recurso de protección a favor de Carlos Alberto Orozco Guzmán, de nacionalidad colombiana, de 55 años de edad, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el rechazo de su solicitud de residencia temporal y por haber decretado su abandono del país,
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