M.P C/ OSVALDO ANDRES ORTIZ LARA. RECURSO INCORPORADO A LA TABLA DE HOY DE ACUERDO A LEY N°20.253
Rol
Fecha
7 de junio de 2024
Materia
PORTE DE ARMA PROHIBIDA (ART. 14 INC. 1°)
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes y lo expuesto durante la audiencia, aparece que la necesidad de cautela se satisface con las medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal decretadas por el juez a quo. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 140, 149, 155, 352 y 360 del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de seis de junio del año en curso, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que impuso al imputado Osvaldo Andrés Ortiz Lara, las medidas cautelares contempladas en las letras a), c) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal, consistentes en arresto domiciliario nocturno, firma mensual y prohibición de salir del país. El tribunal a quo dispondrá lo pertinente para cumplir lo resuelto. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Rol N° 2203-2024 Penal.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, siete de junio de dos mil veinticuatro. Sala: Tercera Sala Rol: 2203-2024 Penal Ruc: 2400645708-4 RIT: 5274-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo Integrantes: Ministros señora Ana Cienfuegos Barros, señor Patricio Martínez Benavides y señora Claudia Lazen Manzur. Relator: Gonzalo Neira Campos Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Alexandra Álamos Defensa: Mario Ara
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