SIN INFORMACION

AZIMUTH MEDICAL DEVICES SPA/NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

Rol

Fecha

6 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que la demandada deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 29 de diciembre de 2023, dictada por el 9° Juzgado Civil de Santiago, en juicio ordinario de menor cuantía sobre sobre cobro de pesos, Rol C-1802-2021, que no concedió el recurso de apelación deducido en contra de la resolución que rechazó el incidente de abandono de procedimiento promovido por ésta. Expone que la decisión hace expresa referencia a la naturaleza de la resolución recurrida, negándole el carácter de sentencia interlocutoria, por lo que estima que no procede el recurso de apelación en su contra, pese a que en verdad se trata de una sentencia interlocutoria de primer grado, toda vez que falla un incidente del juicio, estableciendo derechos permanentes para las partes. Agrega que no tiene relevancia para efectos de determinar la naturaleza de la resolución si aquella acoge o rechaza al abandono, siendo innegable que se trata de una sentencia interlocutoria y no un auto, razón por la cual la apelación que se dedujo es procedente. Finaliza pidiendo que se declare que la apelación interpuesta es admisible y procede en el solo efecto devolutivo. SEGUNDO: Que, informando el recurso don Carlo Casaula Mezzano, Juez Suplente del 9° Juzgado Civil de Santiago señala, en lo pertinente, que la apelación denegada fue interpuesta en contra de resolución que rechazó incidencia de abandono de procedimiento interpuesto por la parte demandada. Agrega que dicha solicitud se tramitó como un incidente de aquéllos cuya decisión final comparte la naturaleza jurídica de un auto conforme la definición del artículo 158 del Código de Procedimiento Civil, en la medida en que no establece derechos permanentes para las partes y/o no pone término al procedimiento ni obstaculiza su secuencia ordinaria, razón por la cual que según manda el artículo 188 del mismo cuerpo legal, no es apelable. TERCERO: Que para resolver la procedencia del recurso de apelación es necesario calif

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el recurso de hecho deducido en contra de la resolución de 29 de diciembre de 2023 y, en consecuencia, se declara admisible y se concede, en el sólo efecto devolutivo, el recurso de apelación deducido por la demandada en contra de la resolución de 21 de diciembre del mismo año, dictada en causa Rol C-1802-2021, seguida ante el 9° Juzgado Civil de Santiago, debiendo el tribunal a quo remitir los antecedentes vía interconexión para su conocimiento y resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Civil-170-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de junio de dos mil veinticuatro. A los folios 21 y 22; a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que la demandada deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 29 de diciembre de 2023, dictada por el 9° Juzgado Civil de Santiago, en juicio ordinario de menor cuantía sobre sobre cobro de pesos, Rol C-1802-2021, que no concedió el recur

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