BANCO DE CHILE/ CRISTIAN MIGUEL CAROCA FERRADA
Rol
Fecha
6 de junio de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Que lo razonado por la sentenciadora en la resolución impugnada excede la facultad contemplada en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil, constituyendo, más bien, una cuestión que podría ser materia de excepciones a la ejecución, lo que deberá discutirse, eventualmente, en la etapa procesal correspondiente. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de veintisiete de marzo del presente año, dictada en los autos rol C-3144-2024 del Primer Juzgado Civil de Puente Alto y, en su lugar, se dispone que juez no inhabilitado deberá dar la tramitación que en derecho corresponda a la demanda de que se trata. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 719-2024 Civil
Texto Completo (Preview)
San Miguel, seis de junio de dos mil veinticuatro Vistos: Que lo razonado por la sentenciadora en la resolución impugnada excede la facultad contemplada en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil, constituyendo, más bien, una cuestión que podría ser materia de excepciones a la ejecución, lo que deberá discutirse, eventualmente, en la etapa procesal correspondiente. Y de conformi
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