7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

LEONARDO ENRIQUE SOTO FERRADA C/ SCHAFIK GONZALO NAZAL LAZARO

Rol

Fecha

6 de junio de 2024

Materia

DELITOS CONTRA VIDA PRIVADA ART. 161 A - B

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que del mérito de los antecedentes que se han puesto en conocimiento de esta Corte, se concluye que ciertamente no han variado sustancialmente las circunstancias que en su oportunidad motivaron al órgano jurisdiccional a sustentar la medida cautelar personal dispuesta en contra del imputado SCHAFIK GONZALO NAZAL LÁZARO en el peligro para la seguridad de la sociedad y para concluir que ella sólo puede ser resguardada eficientemente mediante su prisión preventiva. En efecto, aquéllos aportados por los intervinientes en esta audiencia son suficientes para justificar, en esta etapa procesal, la concurrencia de los elementos típicos de los ilícitos por los cuales ha sido formalizado y la participación que en ellos le habría correspondido al encausado, lo que no logra ser desvirtuado por los nuevos antecedentes invocados por su defensa. En cuanto a la necesidad de cautela es necesario ponderar, además del tiempo que ha permanecido privado de libertad el encausado, el número de los delitos imputados, la gravedad y forma de comisión de los mismos, su carácter y la afectación de los bienes jurídicos tutelados, conjuntamente con la conducta de reiteración que se presenta, lo que lleva a esta Corte a determinar que la medida cautelar de prisión preventiva deba ser mantenida, por constituir su libertad, un peligro para la seguridad de la sociedad, tal como lo resolvió el juez a quo. Por estas consideraciones y de conformidad a lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de veintisiete de mayo del año en curso, dictada en los autos RIT N° 4342-2021 (acumulada a 4359-2021 y 13279-2021), por el 7° Juzgado de Garantía de esta ciudad. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte: Penal-3294-2024 Ruc: 1900873785-4 Rit : O-4342-2021 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo previsto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de veintisiete de mayo del año en curso, dictada en los autos RIT N° 4342-2021 (acumulada a 4359-2021 y 13279-2021), por el 7° Juzgado de Garantía de esta ciudad. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte: Penal-3294-2024 Ruc: 1900873785-4 Rit : O-4342-2021 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, seis de junio de dos mil veinticuatro. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-3294-2024 Ruc: 1900873785-4 Rit : O-4342-2021 Juzgado: 7º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señora Carolina S. Brengi Zunino, el Ministro (S) señora Lidia Poza Matus y el Abogado Integrante señor Manuel Domingo Antonio Luna Abarza Relatora: Bárbara Magallanes Rodríg

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