BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/REYES
Rol
Fecha
6 de junio de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que el examen realizado por el tribunal a-quo excede el análisis de admisibilidad que debe realizar respecto del título ejecutivo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil, y que el mismo puede constituir hipótesis de defensa en la etapa procesal respectiva, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código antes mencionado, SE REVOCA la resolución apelada de fecha seis de mayo del año en curso, rolante a folio 35, en cuanto no dio lugar a la ampliación de la demanda, decretó la nulidad de lo obrado en autos y, en consecuencia, denegó la ejecución solicitada por la parte demandante y, en su lugar, se resuelve que el Sr. Juez a quo deberá proveer derechamente y sin más trámite lo que en derecho corresponda. Devuélvase. Rol N° 200-2024. Civil.
Fallo
se resuelve que el Sr. Juez a quo deberá proveer derechamente y sin más trámite lo que en derecho corresponda. Devuélvase. Rol N° 200-2024. Civil.
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, seis de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que el examen realizado por el tribunal a-quo excede el análisis de admisibilidad que debe realizar respecto del título ejecutivo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil, y que el mismo puede constituir hipótesis de defensa en la etapa
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