SIN INFORMACION

VENTANAS CHILE S.A./NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO (LTE) A LA VISTA I.C. N° 6480-2024.

Rol

Fecha

6 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°. – Que comparece el abogado Esteban Antonio Rebagliati Díaz, en representación de Ventanas Chile S.A., parte demandante en autos seguidos ante el 9° Juzgado Civil de Santiago, sobre demanda de competencia desleal sustanciada en procedimiento sumario, Rol C-3353-2024, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 24 de abril de 2024, que concedió la apelación que dedujo su contraparte en contra de la resolución de la misma fecha que acogió la medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos sobre inmuebles de su propiedad, por estimar que el tribunal de primera instancia concedió erróneamente dicho recurso. Afirma que la resolución apelada por su contraparte no sería susceptible de apelación, fundado en que las resoluciones que conceden medidas cautelares revisten el carácter de autos, las que por regla general no son apelables. Añade que, aun cuando se estimara que dicha resolución es un auto susceptible excepcionalmente de apelación, en la especie no se verificarían los supuestos previstos en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil para su procedencia, pues la resolución recurrida no alteraría la substanciación regular del juicio ni recaería sobre trámites no ordenados por la ley. Finalmente, el recurrente sostiene que, en todo caso, el recurso de apelación no se habría interpuesto en subsidio del recurso de reposición, como lo exige el citado artículo 188 en los casos excepcionales en que procede la apelación de autos y decretos. En virtud de los antecedentes y argumentos expuestos, solicita tener por interpuesto el recurso de hecho, concederlo y, en definitiva, declarar que el recurso de apelación concedido por el tribunal a quo es inadmisible. Además, pide tener a la vista los autos ingresados bajo el rol civil N°6480-2024, se le concedan alegatos y acompaña personería para acreditar su representación. 2°. – Que de los antecedentes que constan en la causa tenida a la vista, esto es

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto 187, 188, 189, 196, 197 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por el abogado Esteban Antonio Rebagliati Díaz, en representación de Ventanas Chile S.A., en contra de la resolución dictada el 24 de abril de 2024 por el 9° Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol C-3353-2024. Déjese copia de esta sentencia en el Ingreso Corte N° 6480-2024. Regístrese, comuníquese y, archívese, en su oportunidad. N°Civil-6716-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de junio de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°. – Que comparece el abogado Esteban Antonio Rebagliati Díaz, en representación de Ventanas Chile S.A., parte demandante en autos seguidos ante el 9° Juzgado Civil de Santiago, sobre demanda de competencia desleal sustanciada en procedimiento sumario, Rol C-3353-2024, interponiendo recurso de hecho en c

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