MP/ALBERTO GARCES ANGULO
Rol
Fecha
6 de junio de 2024
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo en especial consideración la sanción legal probable, dada la atenuante que podría beneficiarlo del articulo 11 Nº 6 del Código Penal, el voto de mayoría estima que la prisión preventiva no resulta proporcional a dichas circunstancias, sin perjuicio de lo cual, y a fin de mantener vinculado al imputado al proceso, considera imponerle cautelares de mayor entidad a las decretadas por el tribunal a quo, para lo cual tiene atribuciones dada la cautelar solicitada por el Ministerio Público. Por lo razonado y lo dispuesto en los artículos 155, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma, en lo apelado, la resolución de cinco de junio de dos mil veinticuatro, dictada en causa RIT 3101-2024, del Juzgado de Garantía de Rancagua, con declaración, que se imponen al encartado Garcés Angulo, además de las medidas cautelares decretadas por el tribunal a quo, la de la letra a) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario nocturno entre las 20:00 y 08:00 horas, en el domicilio señalado en el tribunal. Acordado lo anterior con el voto en contra del Ministro Sr. Santibáñez, quien estuvo por revocar la resolución apelada por considerar que no han variado sustancialmente los antecedentes que, en su oportunidad, se tuvieron en consideración por este tribunal de alzada para decretar la medida cautelar de prisión preventiva. Dése orden de libertad inmediata, si no estuviere privado de ella por otra causa o motivo. Comuníquese por la vía más rápida y devuélvase. Rol I. Corte 1031-2024-Penal
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, seis de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo en especial consideración la sanción legal probable, dada la atenuante que podría beneficiarlo del articulo 11 Nº 6 del Código Penal, el voto de mayoría estima que la prisión preventiva no resulta proporcional a dichas circunstancias, sin perjuicio de lo cual, y a fin de mant
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