MUÑOZ MORENO SERGIO / SUSESO
Rol
Fecha
6 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Sergio Muñoz Moreno con el objeto de interponer una acción de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, por el acto arbitrario e ilegal consistente en Resolución Exenta NºR-01-UNRA-21005-2024 de fecha 6 de febrero de 2024, la cual confirmó el rechazo de las Licencias Médicas N°s 83488737-1, 84788445-2, 85687241-6, 86449967-8, 87190760-9, 87827108-4 y 87894107-1. Expone que el recurrente sufrió una fractura de tibia, razón por la cual le otorgaron licencia médica por largo tiempo. Indica que después de la fractura estuvo con kinesiólogo y fisioterapeuta, quienes le indicaron que esta lesión no mejoraba. Añade que se le envió con un médico tratante quien, al leer el informe del kinesiólogo y fisioterapeuta, indicó que la fractura había dejado secuelas graves (condromalacia rotuliana etapa 4 grave). Arguye que el médico traumatólogo le ha señalado que requiere cirugía, sin embargo, no ha podido realizarla porque le rechazaron las licencias médicas y no cuenta con recursos económicos para la cirugía. Pide que se le ordene a la recurrida al pago de sus licencias médicas. Segundo: Que, evacúa informe la recurrida Superintendencia de Seguridad Social, solicitando el rechazo del recurso. En primer término, alega la improcedencia de la acción, toda vez que la materia sobre la que realmente versa este recurso dice relación con un derecho perteneciente al Sistema de Seguridad Social, establecido en el numeral 18 del artículo 19 de nuestra Carta Fundamental, que no está amparado por la acción cautelar que motiva estos autos. En cuanto al fondo, expresa que el Sistema de Seguridad Social existe cobertura para atender los distintos riesgos o contingencias sociales que ponen a los trabajadores en un estado de necesidad y que, tratándose de la pérdida de la capacidad de ganancia o incapacidad laboral por
Fundamentos
motivos de salud, ella puede ser permanente o transitoria. Precisa que para el caso de las dolencias que causan incapacidades laborales permanentes, como es el caso del recurrente, se contemplan las pensiones de invalidez. Explica que el recurrente reclamó ante la recurrida, por primera vez, con fecha 20 de junio de 2023, y también rechazó las licencias médicas N°s 83488737-1, 84788445-2, 85687241-6, 86449967-8, 87190760-9, 87827108-4 y 87894107-1, extendidas por un total de 110 días, a contar del 11 de marzo de 2023. El fundamento de este rechazo fue reposo no justificado, por considerar que los informes médicos que se aportaron por el recurrente no informaban sintomatología, ni evolución clínica de la patología señalada en las licencias médicas reclamadas, lo que impediría autorizar el reposo por más de 300 días previamente prescritos. Añade que respecto a las licencias médicas N°s 87827108-4 y 87894107-1, la recurrida no emite pronunciamiento ya que, examinado el sistema de licencias médicas de FONASA, no consta la realización de los respectivos Recursos de Reposición ante la COMPIN competente. Lo anterior según consta en la Resolución Exenta N°R-01-UME-99246-2023, de 27 de julio de 2023. Agrega que el recurrente solicitó reconsideración respecto de esta resolución y que, junto con lo anterior, reclamó por el rechazo de las licencias médicas N°s 87827108-4, 87894107-1, 88293413-6, 88913852-1, 89025318-0 y 89522892-3, extendidas por un total de 55 días, bajo la misma causal de rechazo, por lo que la recurrida volvió a rechazar dicha solicitud, al no encontrarse justificado el reposo, constando en Resolución Exenta N°R-01-S-09774-2024, de 17 de enero de 2024. Finalmente, en cuanto al acto impugnado, señala que la recurrente volvió a solicitar reconsideración con fecha 31 de enero del presente año, reclamando el rechazo de las licencias médicas N°s 83488737-1, 84788445-2, 85687241-6, 86449967-8, 87190760-9, 87827108-4, 87894107-1, 88293413-6, 88913852-1, 89025318-0 y 89522892-3. En cuanto este último rechazo, indica que la recurrente no acompañó ningún antecedente que amerite efectuar un nuevo estudio de lo resuelto por el Servicio, resolviendo de este modo en la Resolución Exenta N°R-01-UNRA-21005-2024, de 6 de febrero de 2024. Resalta que, en atención al reclamo presentado, la Contraloría Médica de la COMPIN, en justificación del rechazo de su licencia ante ese Organismo, registró la siguiente información en la cartola médica del paciente: “(14/09/2023) … (RR) LM: # 3413- 3852- 4107- 5318 Paciente con reposo prolongado quien adjunta IM emitido por traumatólogo quien refiere Dx de Fx de pierna derecha , con evolución lenta hacia la consolidación, así mismo adjunta resultados de imágenes TAC / RMN con Fx consolidada de la diafisis proximal de la tibia , osteoporosis difusa por inmovilización prolongada, no menciona evolución clínica hasta la actualidad ni limitación funcional de la patología afecta, sin pronostico ni recuperabilidad laboral
Fallo
Fallo del Recurso de protección, se resuelve: I.- Que se acoge el recurso de protección interpuesto por don Sergio Muñoz Moreno, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y Compín, sólo en cuanto se deja sin efecto Resolución Exenta Resolución Exenta NºR-01-UNRA-21005-2024 de fecha 6 de febrero de 2024, debiendo disponer que la COMPIN del domicilio de la recurrente, encargue una nueva evaluación médica, con el objeto de determinar su condición de salud en relación con la patología que padece y su recuperabilidad. II.- Que, una vez hecho lo anterior, la repartición pública recurrida se pronunciará nuevamente sobre las licencias médicas rechazadas y que han sido objeto de esta acción. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción a cargo de la abogada integrante M. Fernanda Vásquez Palma N°Protección-1192-2024. No firma la abogada integrante señora Vásquez, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo del fallo, por encontrarse ausente.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, seis de junio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece Sergio Muñoz Moreno con el objeto de interponer una acción de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, por el acto arbitrario e ilegal consistente en Resolución Exenta NºR-01-UNRA-21005-2024 de fecha 6 de febrero de 2024, la cual confirmó el rechazo de las
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