SCOTIABANK CHILE S. A. CON ANDREA IGLESIAS AGUIRRE
Rol
Fecha
6 de junio de 2024
Materia
APELACIÓN INCIDENTE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Teniendo presente que la caducidad establecida en el artículo 9 de la Ley N°18.287, no resulta aplicable en la especie atendido el tenor de lo establecido en el inciso sexto del artículo 5 de la Ley N°20.009,
Fundamentos
considerando en particular que el procedimiento de este último cuerpo legal está contemplado exclusivamente para el ejercicio de una acción civil, a diferencia de aquel establecido en la Ley N° 18.287, que prevé la tramitación conjunta de un procedimiento infraccional y una acción civil, se revoca la resolución apelada de veintiocho de enero de dos mil veintidós, escrita a fojas 34, recaída en causa Rol 275.391-1, seguida ante el Segundo Juzgado de Policía Local de Puente Alto y, en su lugar,
Fallo
se resuelve que el tribunal a quo deberá continuar la tramitación de la demanda civil. Regístrese y devuélvase. N° 49-2022 Policía Local
Texto Completo (Preview)
CERTIFICO: Que se anunció, escuchó relación y alegó revocando el abogado señor José Arteaga. San Miguel, 6 de junio de 2024. Emil Ibarra Sáez, Relator. San Miguel, seis de junio de dos mil veinticuatro. Al escrito de folio 21: téngase presente. Vistos: Teniendo presente que la caducidad establecida en el artículo 9 de la Ley N°18.287, no resulta aplicable en la especie atendido el tenor de lo es
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