SIN INFORMACION

GONZALEZ ALVAREZ FELPE / ISAPRE BANMEDICA S.A.

Rol

Fecha

6 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece Felipe González Álvarez, quien deduce recurso de protección en favor de su hija Colomba González Espinoza y en contra de Isapre Banmédica S.A., por el acto que considera arbitrario e ilegal, consistente en el cambio de prestador para atención de hospitalización domiciliaria, lo que afectaría la integridad física y la calidad de la salud de la niña. Expone el recurrente que tras ser hospitalizada su hija por una insuficiencia respiratoria y cirugía cardiaca, fue dada de alta el 22 de diciembre de 2023, con indicación de hospitalización domiciliaria. Señala que la Isapre recurrida le envió una carta donde le indica que el prestador asignado sería “Medic Home”, a lo cual el día 25 de enero del año en curso ellos contestan representando su no conformidad con el cambio de prestador, y solicitando que se mantuviese a la empresa “Clínica Medical Home”. A lo anterior la Isapre respondió el día 26 de enero, indicando que el prestador en convenio Medie Home cuenta con las capacidades físicas y técnicas que requiere la beneficiaria, lo que controvierte la recurrente afirmando que han tenido mala experiencia con dicho prestador, que derivó en una negligencia médica y daño bronquial para la niña, por lo que fue hospitalizada en octubre del año 2022. Luego, señala que el 14 de febrero de 2024, el recurrente vuelve a solicitar a la Isapre que se mantenga el prestador “Clínica Medical Home”, insistiendo la recurrida en su negativa fundada en que dicha empresa no está dentro de los prestadores en convenio y que, si desea mantenerlos, debe asumir los costos adicionales, lo cual le resulta financieramente insostenible. Hace presente que el médico de cabecera ha especificado en el informe médico que su hija requiere cuidados de un equipo responsable y competente, algo que Clínica Medical Home ha demostrado cumplir hasta el momento, a diferencia de Medic Home. Argumenta que la Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes (Ley N° 20.584)

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia y Decreto N° 1 de 2022, del Ministerio de Salud, se rechaza el recurso de protección interpuesto por don Felipe González Álvarez, en favor de Colomba González Espinoza y en contra de Isapre Banmédica S.A., sin costas. Regístrese y archívese. Redacción del ministro Tomás Gray. N°Protección-1069-2024. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora María Loreto Gutiérrez Alvear e integrada por el Ministro señor Tomás Gray Gariazzo y por la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. No firma la Ministra señora Gutiérrez por encontrarse con licencia médica.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de junio de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 33, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece Felipe González Álvarez, quien deduce recurso de protección en favor de su hija Colomba González Espinoza y en contra de Isapre Banmédica S.A., por el acto que considera arbitrario e ilegal, consistente en el cambio de prestador para atención de

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