JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LOS VILOS

C/ PABLO JOSE LEON FLORES

Rol

Fecha

6 de junio de 2024

Materia

SECUESTRO. ART. 141

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como cuestión preliminar, cabe hacer presente que, en esta oportunidad, habiéndose otorgado la palabra a la defensa, no ha efectuado cuestionamiento ni alegación alguna respecto de la procedencia de la apelación escrita interpuesta por el persecutor, efectuando derechamente consideraciones en relación al fondo de la cuestión debatida. SEGUNDO: Que, asentado lo anterior y en cuanto al fondo, cabe hacer presente que, en concepto de estos sentenciadores, no existe por ahora una variación de las circunstancias que motivaron la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva en relación al imputado León Flores, por la causal de peligro para la seguridad de la sociedad, toda vez que las alegaciones de la defensa guardan relación con el cambio o modificación de una de las declaraciones efectuadas en la etapa investigativa, sosteniendo a partir de aquello una interpretación o teoría del caso en relación con la participación que corresponde a su defendido en los hechos investigados, aspecto de fondo que deberá ser sopesado en su oportunidad pero que, en esta etapa procesal, pierde fuerza ante la multiplicidad de elementos de cargo hasta ahora recopilados por el persecutor y latamente expuestos en estrados, circunstancia que permite sostener que, en este estadio procedimental, subsisten los requisitos previstos en los literales a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, como también la necesidad de cautela que en su oportunidad se tuvo en consideración, teniendo para estos efectos particularmente presente el número y carácter de los delitos por los cuales el encartado ha sido formalizado, la pena asignada por ley a los mismos -crimen-, la circunstancia de haber obrado en grupo o pandilla y el empleo de armas, todo lo cual permite sostener que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, no vislumbrándose medidas cautelares de menor intensidad que permitan resguardar los fines del proceso.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código legal citado, SE REVOCA la resolución dictada en audiencia del tres de junio de dos mil veinticuatro, que dio lugar a la solicitud de la defensa, en orden a modificar la causal de la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado de autos y, en su lugar, se resuelve, que se rechaza la petición de la defensa, manteniéndose la prisión preventiva del imputado Pablo José León Flores, por considerar que su libertad es peligrosa para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator señor Felipe Vilches Contreras. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 1088-2024 Penal.-.

Texto Completo (Preview)

La Serena, seis de junio de dos mil veinticuatro. Siendo las 09:54 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro Titular señor Felipe Pulgar Bravo e integrada por el Fiscal Judicial señor Miguel Montenegro Rossi y el abogado integrante señor Gabriel Gallardo Verdugo, se realiza la audiencia fijada para el conocimiento del recurso de apelación deducido por el M

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