JUZGADO DE GARANTIA DE VIÑA DEL MAR

RODRIGO JAVIER SILVA PERALTA C/ SERGIO JOHNGER IBACETA GUZMAN (ACUMULADA ROL IC 1540-2024 -A-)

Rol

Fecha

6 de junio de 2024

Materia

CUASIDELITO DE HOMICIDIO: CODIGO AGRUPADOR (00906, 00907 Y 00908).

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Primero: Que, según consta en la causa, en audiencia de cinco de enero de dos mil veintidós, ante el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, el imputado Sergio Johnger Ibaceta Guzmán fue formalizado por el Ministerio Público por el cuasidelito de homicidio cometido por profesionales de la salud, previsto y sancionado en el artículo 490 N° 1, en relación con el artículo 491, ambos del Código Penal. Segundo: Que, con fecha veinticinco de abril de dos mil veintitrés, el Ministerio Público presentó requerimiento en contra del imputado, en procedimiento simplificado, por los siguientes hechos: “El día 19 de septiembre de 2019, siendo las 20.56 horas, Javier Silva Yunusic, de 31 años, sin antecedentes de salud preexistentes, ingresó a la Unidad de Emergencia de Clínica Reñaca, ubicada en calle Anabaena N° 336, Jardín del Mar, Reñaca, Viña del Mar, producto de un fuerte dolor estomacal y vómitos. Una vez en el lugar, fue ingresado a un box de atención a cargo del médico Sergio Ibaceta Guzmán, a quien el paciente relató su sintomatología, efectuando el profesional de la salud una palpación en la zona abdominal lo que provocó molestias al paciente y determinó su grado de deshidratación, sin disponer ni ordenar la realización de exámenes de laboratorio tales como un hemograma, un perfil bioquímico, determinación de niveles de amilasa, lipasa o proteína C reactiva o exámenes imagenológicos como ecotomografía abdominal o tomografía axial computarizada, diagnosticándose un síndrome emético, estos es, náuseas y vómitos, indicando administración de suero, omeprazol-lomex, matamizol y ondasetronodanex, para luego disponer el alta con indicación de ingesta de lasoprazol y régimen blando, disponiéndose traslado a su domicilio, siendo las 00.09 horas del día 20 de septiembre de 2019. En esas condiciones y encontrándose Javier Silva Yunusic al interior de su domicilio ubicado en calle Los Pellines N° 1094, departamento 1108, Concón, siendo las 04:50 horas aproximadamente del mismo

Fallo

se declara el sobreseimiento definitivo.” Quinto: Que, contra esta resolución deducen recursos de apelación los persecutores, fundados en que los hechos expuestos dan cuenta de una conducta culposa del encartado y que claramente se enmarca en el tipo penal, toda vez que constarían en la carpeta de investigación pericias privadas que concluyen en sentido diverso a lo señalado en el informe del Servicio Médico Legal, que darían cuenta que existió una mala atención médica que derivó en un diagnóstico y tratamiento deficiente para la víctima, no ordenando la realización de algún tipo de examen de laboratorio para encontrar la causa de la sintomatología presentada al momento de acudir al Servicio de Urgencias. Sexto: Que, en concepto de esta Corte, no ajustándose la resolución en alzada al mérito de los antecedentes reunidos, al existir controversia sobre la causa de muerte, conforme a las pericias aportadas durante la investigación, circunstancias que se oponen, en este estadio procesal, a estimar que los hechos investigados no fueren constitutivos de delito en los términos que establece la letra a) del artículo 250 del Código Procesal Penal. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 253 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de veintidós de mayo de dos mil veinticuatro, que sobreseyó definitivamente al requerido Sergio Johnger Ibaceta Guzmán y, en su lugar, se declara que se rechaza la solicitud de sobreseimiento definitiv

Texto Completo (Preview)

Jepv. C.A. de Valparaíso. ACTA AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a seis de junio de dos mil veinticuatro, siendo las 11:42 horas, ante la Cuarta Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por el Ministro señor Mario Gómez Montoya e integrada por las Ministras señora María del Rosario Lavín Valdés y señora María Cruz Fierro Reyes, constituida para la vista de los recursos de apelació

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica