BORQUEZ/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE ANTOFAGASTA
Rol
Fecha
5 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Comparece doña Génesis Espinoza Pizarro, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, en representación de la condenada doña Patricia Verónica Bórquez Villamán, quien actualmente cumple condena en el CDP de Tocopilla, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la dictación de la resolución de fecha 12 de abril de 2024, mediante la cual se rechaza la concesión de la amparada al beneficio de libertad condicional, manteniendo su privación de libertad, ello sin ajustarse a derecho, solicitando a esta Corte de Apelaciones restablecer el imperio del derecho, dejando sin efecto la resolución señalada y decretando conceder la libertad condicional a la condenada. Informaron doña Jasna Pavlich Núñez, Ministra Titular de la Iltma. Corte de Apelaciones de Antofagasta, en su calidad de Presidenta; Claudia Campusano Reinike y Andrés Santelices Jorquera, Jueces del Juzgado de Garantía de Antofagasta; Alfredo Lindenberg Bustos e Ingrid Castillo Fuenzalida, Jueces del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, todos en su calidad de miembros de la Comisión de Libertad Condicional para el período del primer semestre de 2024, al tenor del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: La parte recurrente señala que, la amparada se encuentra cumpliendo la siguiente condena: a) RIT 172-2020/ RUC 2000158124-5, condenada por el Juzgado de Garantía de Tocopilla a las penas de 5 años y un día de presidio mayor en grado mínimo y 541 días de presidio menor en grado medio como autora de los delitos consumados de robo con violencia e intimidación y robo por sorpresa del artículo 436 inciso 2° del Código Penal. De otro lado y de acuerdo con la información entregada por Gendarmería de Chile, los datos de ejecución de la amparada son los siguientes: a) Bimestres de conducta calificada con nota 5 (muy buena): 6+; fecha de inicio condena: 10-04-2020 (39 días de abono); fecha de término condena: 26-08-2026; tiempo mínimo: 28-06-2024, correspondiente a 2/3 del tiempo total; b) Segunda postulación al beneficio de libertad condicional. Luego, al considerarse por Gendarmería de Chile, mediante su Tribunal de Conducta, que la amparada cumple con todos los requisitos legales y reglamentarios fijados por el Decreto Ley N°321 y su respectiva modificación, el primer semestre de 2024 fue postulada ante la Comisión de Libertad Condicional para optar al beneficio de Libertad Condicional. En sesión de fecha 12 de abril de 2024, la Comisión de Libertad Condicional rechazó la petición de la amparada, argumentando en términos generales que el informe psicosocial da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia delictual calificado como “alto”. Arguye que la Comisión no habría ponderado elementos que dan cuenta del avance en el proceso de reinserción social, a saber: a) en el ámbito laboral, ha realizado diversos oficios comenzando por aseo de pasillo sección femenina, posteriormente es derivada a cocina de internos, luego a jeda de cocina en casino de funcionarios, sector Guardia Armada. Luego es derivada a realizar funciones de aseo en sector Guardia Armada. Por motivos de salud estuvo en CPF Antofagasta donde trabajó en taller de costura y casino de funcionarios. Una vez de regreso retoma su conducta formal de aseo en el sector señalado; b)en el ámbito educacional, ingresa al sistema de nivelación de estudios, donde cursará durante el presente año tercer y cuarto medio; c) intervenciones, ha participado de diferentes cursos de capacitación laboral, por empleo, peluquería, costura, teatro, paneles solares, operador de grúa horquilla, parentalidad positiva, comunicación efectiva, entre otros; d) respecto a su proyección extramuros, seguir reforzando etapa motivacional la cual se encuentra en acción; e) permisos, realizando actualmente uso de beneficio intrapenitenciario de salida de fin de semana desde el 16 de febrero de 2024, cumpliendo de forma positiva los objetivos planteados tanto a nivel familiar como laboral. En consecuencia, estima que la resolución mediante la cual se rechaza la concesión de Libertad Condicional se erige como un supuesto errado, constituyendo un acto ilegal y arbitrario que afecta la libe
Fallo
Por lo expuesto, solicita a esta Corte de Apelaciones restablecer el imperio del derecho, dejando sin efecto la resolución señalada y decretando conceder la libertad condicional a la condenada. SEGUNDO: Informaron doña Jasna Pavlich Núñez, Ministra Titular de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en su calidad de Presidenta; Claudia Campusano Reinike y Andrés Santelices Jorquera, Jueces del Juzgado de Garantía de Antofagasta; Alfredo Lindenberg Bustos e Ingrid Castillo Fuenzalida, Jueces del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, todos en su calidad de miembros de la Comisión de Libertad Condicional para el período del primer semestre de 2024, al tenor del recurso. Indica que la Comisión de Libertad Condicional sesionó los días 08, 09, 10, 11 y 12 de abril del año en curso, a fin de resolver las solicitudes de libertad condicional de diversos internos de los recintos penales de la región, entre ellas la del amparado, rechazando su petición, fundado en que el condenado no cumplía con uno de los requisitos necesarios para acceder al beneficio, esto es, contar un informe de postulación psicosocial favorable para reinsertarse adecuadamente en la sociedad. En atención a lo expuesto y a aquel fundamento, no existe una privación, perturbación o amenaza al derecho a la libertad personal o seguridad individual del amparado. TERCERO: Que el recurso de amparo se ha establecido en favor de todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción a lo dis
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+ Antofagasta, a cinco de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece doña Génesis Espinoza Pizarro, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, en representación de la condenada doña Patricia Verónica Bórquez Villamán, quien actualmente cumple condena en el CDP de Tocopilla, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto arbitrario e ilegal consistente en la dictación de
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