27º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ANAGRA S.A./ORION SEGUROS GENERALES S.A.

Rol

Fecha

13 de junio de 2024

Materia

CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna  diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213  del citado Código de Procedimiento Civil, se declaran inadmisibles los recursos de apelación interpuestos por la parte demandada, con fecha veinticinco de octubre de dos mil veintiuno, en contra de la resolución de veintiuno de octubre de dos mil veintiuno. Comuníquese. N°Civil-8455-2024.mva

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213  del citado Código de Procedimiento Civil, se declaran inadmisibles los recursos de apelación interpuestos por la parte demandada, con fecha veinticinco de octubre de dos mil veintiuno, en contra de la resolución de veintiuno de octubre de dos mil veintiuno. Comuníquese. N°Civil-8455-2024.mva

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, trece de junio de dos mil veinticuatro. Al folio Nº3: Estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna  diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a t

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