PÉREZ/GENERAL MOTORS FINANCIAL CHILE SOCIEDAD ANÓNIMA
Rol
Fecha
5 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: A lo principal: Atendido el mérito de lo expuesto, y advirtiendo que los hechos descritos en el libelo se encuentran bajo el amparo del derecho en la causa seguida ante el Primer Juzgado Civil de Santiago, no advirtiéndose -en este estadio procesal- amague de garantías constitucionales y, visto lo previsto en el artículo veintiuno de la Carta Fundamental y en el Auto Acordado del Máximo Tribunal sobre la materia, se declara inadmisible el arbitrio de inicio. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto en lo principal. Al segundo otrosí: Por acompañados. Al tercer otrosí: Téngase presente al patrocinio. En cuanto al poder, venga en forma, debiendo constituirse ante la Sra. Secretaria de la Corte ingresando a la página web www.pjud.cl, debiendo tomar la siguiente ruta: Tribunales del País; Corte de Apelaciones; Corte de Apelaciones de Valparaíso; Guía de Atención de Público durante la Pandemia y atención especial: autorizaciones virtuales de patrocinio y poder. Regístrese y archívense N°Protección-4594-2024.
Fallo
se declara inadmisible el arbitrio de inicio. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto en lo principal. Al segundo otrosí: Por acompañados. Al tercer otrosí: Téngase presente al patrocinio. En cuanto al poder, venga en forma, debiendo constituirse ante la Sra. Secretaria de la Corte ingresando a la página web www.pjud.cl, debiendo tomar la siguiente ruta: Tribunales del País; Corte de Apelaciones; Corte de Apelaciones de Valparaíso; Guía de Atención de Público durante la Pandemia y atención especial: autorizaciones virtuales de patrocinio y poder. Regístrese y archívense N°Protección-4594-2024.
Texto Completo (Preview)
ecv C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de junio de dos mil veinticuatro. Proveyendo derechamente a folio N°1 “Ingreso recurso”: Visto: A lo principal: Atendido el mérito de lo expuesto, y advirtiendo que los hechos descritos en el libelo se encuentran bajo el amparo del derecho en la causa seguida ante el Primer Juzgado Civil de Santiago, no advirtiéndose -en este estadio procesal- amague de gar
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