CLINICA BICENTARIO S.P.A/VIELMA
Rol
Fecha
5 de junio de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada dictada el veintinueve de junio de dos mil veintidós, por el 25° Juzgado Civil de Santiago. Procediendo de oficio esta Corte y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 445 N°s 8 y 13 del Código de Procedimiento Civil, que señala como inembargables los utensilios caseros y de cocina y los artículos de alimentos y combustibles, se deja sin efecto el embargo practicado en autos, en relación al siguiente bien: un Refrigerador marca Fensa. Regístrese y devuélvase. N° 10922-2022 Civil.
Texto Completo (Preview)
Santiago, cinco de junio de dos mil veinticuatro. Al escrito folio N° 37: Atendido lo dispuesto en el artículo 385 inciso 2° del Código de Procedimiento Civil, el cual establece que la solicitud formulada no suspenderá el procedimiento, pasen a la Sala Tramitadora para los fines pertinentes. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y s
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