CHERY / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
5 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: A folio 1, Emmanuel Bien-Aime, habilitado en derecho deduce acción de amparo en favor de Micherlange Chery Esteril de nacionalidad haitiana y en contra del Servicio Nacional de Migraciones fundado en el acto que consistente en la dictación Resolución Exenta N°23285149 de 26 de julio de 2023, que rechaza la solicitud de regularización por no haber acompañado el certificado antecedentes penales y ordena su expulsión del país dentro de 30 días, lo que estima vulnera su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Explica que, hace más de seis años la amparada ingresó a Chile, con intención de asentarse en el país. Agrega que, de inmediato realiza todos los trámites de regularización migratoria y busca trabajo para poder mantenerse. Refiere que actualmente se encuentra viviendo con su familia, ellos son su marido Nelio Chery y su hija Saskhia Neika Bethsaida Chery Chery, chilena escolar de 7 años de edad y se desempeña en la empresa CIS. Agro. Menciona que la amparada realizó una solicitud de regularización ante la recurrida con fecha de 29 de marzo de 2023 quien mediante una notificación previo rechazo, le otorga un plazo de 10 días para acompañar el certificado de antecedentes penales correspondiente a su país origen. Refiere que en atención a que el instrumento no se encontraba disponible, la embajada le entregó una constancia de que el certificado se encuentra en trámite. Hace presente que el ministerio de los haitianos viviendo en el exterior lleva años informando que por distintas circunstancias, no están en condiciones de generar certificados de antecedentes penales a sus ciudadanos en Chile en un tiempo regular. Señala que el 26 de julio de 2023, mediante la resolución exenta N°23285149 la recurrida le notifica que se rechaza la solicitud de regularización por no haber acompañado el certificado de antecedentes penales y debe abandonar el país dentro de 30 días. Estima que es ilegal y arb
Fundamentos
considerando: Primero: Que, por esta vía cautelar se reclama la ilegalidad de Resolución Exenta Resolución Exenta N°23285149 de 26 de julio de 2023, que rechazó la solicitud de regularización presentada por la actora y dispuso el abandono del país en el plazo de treinta días, por no haber acompañado el certificado de antecedentes penales debidamente legalizado o apostillado. Segundo: Que si bien la actora no acompañó el documento requerido durante el procedimiento administrativo, ni en el presente procedimiento judicial, no se puede desconocer la dificultad que tienen los nacionales de la República de Haití, en obtener la documentación en forma oportuna que les permita tramitar las diligencias como las que se solicita, dada la situación institucional del país. De tal suerte, el plazo de diez días hábiles otorgado para acompañar el certificado requerido resulta exiguo constituyendo una exigencia que la solicitante se ve impedida de cumplir dentro del breve plazo concedido para tales efectos, lo que torna en ilegal dicha decisión. Tercero: Que, además del mérito de los antecedentes, se advierte que la actora cuenta con arraigo en el territorio nacional, toda vez que cuenta con contrato de trabajo suscrito con CIS SEMILLAS S.A., quien además declara y paga sus cotizaciones de salud conforme da cuenta el certificado otorgado por FONASA. Asimismo, ha acreditado que se encuentra casada con Nelio Chery, cuyo matrimonio se encuentra inscrito bajo el número 107 de la Circunscripción de Estación Central del año 2017. Por consiguiente, de ejecutarse la orden de abandono que decretó la resolución en estudio, se afecta el principio de reunificación familiar y además la libertad personal de la amparada, lo que lleva a acoger el recurso de la forma que se dirá en lo resolutivo.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República sobre tramitación y fallo del recurso de amparo, se acoge la acción de amparo deducida en favor de Micherlange Chery Esteril, contra el Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se ordena que se deberá reabrir el procedimiento administrativo y otorgar un plazo de noventa días para que la amparada acompañe el certificado de antecedentes penales requerido y conforme a ello, efectuar un nuevo pronunciamiento. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-1302-2024. En Valparaíso, cinco de junio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, cinco de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, Emmanuel Bien-Aime, habilitado en derecho deduce acción de amparo en favor de Micherlange Chery Esteril de nacionalidad haitiana y en contra del Servicio Nacional de Migraciones fundado en el acto que consistente en la dictación Resolución Exenta N°23285149 de 26 de julio de 2023, que rechaza la solicitud de
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