SIN INFORMACION

EN FAVOR DE JUAN MUÑOZ/COMISIÓN LIBERTAD CONDICIONAL.

Rol

Fecha

4 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Con fecha 27 de mayo de 2024 comparece el abogado José Castro Morales, defensor público penitenciario, en favor del condenado Juan Edgardo Muñoz Teran, cédula nacional de identidad Nº13.487.339-6, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Rancagua, quien interpuso recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto ilegal y arbitrario consistente en la resolución dictada en causa ROL Nº 667-2024 Penal, de fecha 15 de abril de 2024, emitida y suscrita por la Comisión de Libertad Condicional, mediante la cual se rechaza la postulación del amparado al beneficio de la libertad condicional, ello sin ajustarse a la normativa vigente por lo que su privación de libertad se torna arbitraria e ilegal, solicitando que se revoque la resolución señalada y se le conceda la libertad condicional al amparado. Explica que el amparado se encuentra cumpliendo condena por sentencia dictada por Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, siendo condenado a la pena de 10 años y 1 día por el delito de tráfico ilícito de drogas. Agrega que, sin perjuicio de lo anterior, su representado cumple con todos los requisitos exigidos por el actual y vigente Decreto Ley Nº 321, “que establece la Libertad Condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad”,

Fundamentos

considerando las modificaciones introducidas por la Ley Nº 21.124, esto es; con el tiempo mínimo de cumplimiento efectivo de su condena, conducta, educación y trabajo, demostrando avances en su proceso de reinserción social. Refiere que, si bien el informe de postulación psicosocial elaborado por el equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile es un antecedente calificado, no se requiere que el informe de postulación sea favorable, argumentando en torno a la falta de fundamentación de la resolución que por esta vía se impugna. En definitiva, sostiene que se exige que el respectivo informe oriente respecto a aspectos técnicos, no exigiendo precisamente que éste sea favorable, y que el rechazo del beneficio solicitado debe darse únicamente cuando el informe cuente con antecedentes absolutamente categóricos que impidan reconocer las posibilidades del sujeto de reinsertarse adecuadamente a la sociedad. Luego de transcribir la normativa aplicable y citar jurisprudencia, finaliza solicitando que se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional al amparado, y decretando se le concede dicha libertad. Acompañó a su recurso los documentos que obran en autos: 1.- Copia Resolución ROL Nº 667-2024 Penal, de fecha 15 de abril de 2024, emitida y suscrita por la Comisión de Libertad Condicional; 2.- Copia Carpeta de Postulación Libertad Condicional, 1° Semestre del año 2024, correspondiente al interno Juan Edgardo Muñoz Terán, emitida por el Complejo Penitenciario de Rancagua. Con fecha 2 de junio de 2024, comparece el señor Presidente de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones, Jorge Fernández Stevenson, que informando al tenor del recurso, sostuvo que la Comisión procedió a revisar en profundidad los antecedentes del condenado y el informe psicosocial elaborado por el equipo técnico de Gendarmería, rechazando por unanimidad tal solicitud, por considerar que no satisface el requisito previsto en el numeral 3° del artículo 2° del Decreto Ley 321, por cuanto se delatan factores de riesgo de reincidencia y de escasa conciencia de la gravedad del delito, que afectan al postulante y que impiden reconocer su posibilidad de reinsertarse adecuadamente en la sociedad, que es el propósito que busca la libertad condicional. Además, menciona que en particular la Comisión consideró que el informe psicosocial señala que el postulante presenta un riesgo alto de reincidencia, se encuentra en un estadio de motivación al cambio de tipo precontemplativo, con signos de minimización y justificación, percibiendo un discurso para el cambio de tipo estereotipado y asociado a evitar costos personales y familiares, más que a la incorporación de valores socialmente aceptados, no siendo recomendable la concesión del beneficio, pues requiere avanzar en su plan de intervención individual, quien por lo demás no goza de beneficios intrapenitenciarios que le hayan permitido un acercamiento progresivo y gradual a la libertad. Fina

Fallo

Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor del condenado Juan Edgardo Muñoz Terán, actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Rancagua. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol I. Corte 223-2024-Amparo. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, cuatro de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: Con fecha 27 de mayo de 2024 comparece el abogado José Castro Morales, defensor público penitenciario, en favor del condenado Juan Edgardo Muñoz Teran, cédula nacional de identidad Nº13.487.339-6, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Rancagua, quien interpuso recurso de amparo en contra de la Co

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