26º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

SOCIEDAD CHILENA DE AUTORES E INTÉRPRETES MUSICALES/BARBELLBOX SPA

Rol

Fecha

6 de junio de 2024

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 85 letra J de la Ley N°17.336, los juicios a que dé lugar citada Ley, deben ser tramitados breve y sumariamente, y a su vez el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil señala que la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandante con fecha doce de abril pasado, en contra de la resolución dictada con fecha diez de abril de dos mil veinticuatro. Acordado con el voto en contra del abogado integrante señor Gómez, quien estuvo por declarar admisible el arbitrio intentado y darle tramitación. Comuníquese. N°Civil-8787-2024.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandante con fecha doce de abril pasado, en contra de la resolución dictada con fecha diez de abril de dos mil veinticuatro. Acordado con el voto en contra del abogado integrante señor Gómez, quien estuvo por declarar admisible el arbitrio intentado y darle tramitación. Comuníquese. N°Civil-8787-2024.

Texto Completo (Preview)

rbm C.A. de Santiago Santiago, seis de junio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 85 letra J de la Ley N°17.336, los juicios a que dé lugar citada Ley, deben ser tramitados breve y sumariamente, y a su vez el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil señala que la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella,

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