ALIDA TAMARA TABILO PIZARRO/MAQUISEG SPA Y OTROS
Rol
Fecha
4 de junio de 2024
Materia
REINCORPORACIÓN
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Que ante el Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena se substanció la causa RIT M-763-2023, caratulada “Tabilo con Maquiseg S.p.A.” sobre reincorporación inmediata por fuero maternal y cobro de prestaciones laborales; y de manera subsidiaria, una demanda de indemnización compensatoria del fuero maternal. Por sentencia de dieciséis de enero de dos mil veinticuatro, se acogió la demanda principal interpuesta, declarándose que las partes se encuentran unidas por una relación laboral a partir del 01 de febrero de 2022; que la actora percibe una remuneración bruta de $580.252; que los servicios se prestan en régimen de subcontratación, siendo la empresa principal la demandada Maquiseg Seguridad SpA y la empresa contratista, la demandada TPC Terminal Puerto de Coquimbo S.A.; y que la actora fue separada ilegalmente de sus funciones el 14 de septiembre de 2023 quien se encontraba amparada por fuero maternal. En la misma sentencia, y atendido lo declarado, se condenó a la demandada principal, a la reincorporación inmediata a los servicios de la trabajadora en los mismos términos establecidos en el contrato de trabajo dentro de tercero día desde la ejecutoriedad del fallo; al pago de remuneraciones y demás prestaciones laborales que se devenguen desde la separación ilegal y hasta la reincorporación efectiva de la trabajadora, sobre la base de una remuneración de $580.252; al pago de indemnización compensatoria del fuero maternal desde la separación y hasta el término de su vigencia; al pago de indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por años de servicio, recargo legal, feriado legal y proporcional, remuneración pendiente, cotizaciones previsionales y de seguridad social demandadas; remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde el despido -declarado nulo- y hasta su convalidación mediante el pago de las cotizaciones respectivas. Adicionalmente, y en virtud de la existencia de un régimen de subcontratación, se condena en forma solidari
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la demandada solidaria TPC Terminal Puerto de Coquimbo S.A., impugna el
Fallo
fallo dictado por el tribunal a quo esgrimiendo la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, infracción de ley que hubiera influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con lo prescrito en los artículos 183-A y siguientes del Código del Trabajo. Al respecto, expresa que son hechos asentados en la causa los siguientes: “1) La libelo de la demandante establece que entre Maquiseg y Empresa Constructora Belfi S.A., existía una relación contractual. En atención al apercibimiento de admisión tácita contenido en el artículo 453 número 1 del Código del Trabajo, al cual accedió al Tribunal, este hecho se encuentra tácitamente admitido. 2) La contestación de la Empresa Constructora Belfi S.A., la cual consta en el audio de la audiencia, y que es parte integrante del proceso, establece la existencia de una relación contractual de subcontratación entre la referida empresa y Maquiseg SpA, la demandada principal. 3) En la conciliación alcanzada entre la demandada principal y Empresa Constructora Belfi S.A., se establece que el pago que realiza la referida demandada en dicho acto tiene la calidad de “pago por subrogación”, la cual es una facultad propia de la empresa principal en una relación de subcontratación de acuerdo a lo establecido en el inciso 4° del artículo 183-C del Código del Trabajo. En este sentido, esa misma conciliación declara la existencia de una relación de subcontratación entre Maquiseg SpA y Empresa Constructora Belfi S.A.”. Acto seguido, argu
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Tabilo Pizarro, Alida Tamara Maquiseg SPA y otros Reincorporación Rol N° 49-2024.- (M-763-2023 del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena) La Serena, cuatro de junio de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que ante el Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena se substanció la causa RIT M-763-2023, caratulada “Tabilo con Maquiseg S.p.A.” sobre reincorporación inmediata por fuero maternal y cobro de
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