ANONIMIZADO
Rol
Fecha
3 de junio de 2024
Materia
ALIMENTOS, REBAJA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que se desprende que no existen antecedentes calificados que permitan justificar la deuda existente por alimentos impagos, y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se confirma la resolución apelada de tres de abril de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Familia de Puente Alto, en la causa RIT 1040-2024. Devuélvase. N° 559-2024-Familia
Texto Completo (Preview)
San Miguel, tres de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, de los que se desprende que no existen antecedentes calificados que permitan justificar la deuda existente por alimentos impagos, y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N°19.968, se confirma la resolución apelada de tres de abril de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Familia de Puent
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