INVERSIONES LAS DUNAS SPA CONTRA FISCALÍA LOCAL REGIÓN DE TARAPACÁ
Rol
Fecha
3 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Comparece la abogada Lorena Vargas Miranda, en representación de Inmobiliaria las Dunas SPA, por quien recurre de protección en contra de la Fiscalía Regional de Tarapacá, por atentar contra los derechos y garantías constitucionales reguladas en los numerales 1 y 4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone la situación en la que se encuentra su representado, propietario de un inmueble en la calle Costanera N° 3574 en Iquique, debido a la instalación de la División de Atención de Víctimas y Testigos de la Fiscalía Regional de Tarapacá en calle Costanera N° 3570, inmueble que colinda con el del recurrente. Esta instalación ha causado diversos problemas para su representado y sus familiares, como el bloqueo del acceso a su propiedad debido al estacionamiento de funcionarios y usuarios de la División en la cuadra, así como la incomodidad y falta de privacidad causada por la instalación de cámaras de seguridad dirigidas hacia su propiedad y la presencia constante de personas en la terraza de la División que observan hacia su inmueble. Por otra parte, la presencia de la División ha generado un aumento significativo del ruido y el flujo vehicular y de personas en el área, perturbando la tranquilidad del vecindario residencial y generando preocupación por tratarse de un barrio de alta plusvalía. Pide acoger el presente recurso de protección, y en definitiva, se ordene a la Fiscalía Regional de Tarapacá, 1) adoptar medidas concretas para trasladarse a un sector NO Habitacional; 2) adoptar medidas concretas con el objeto de resguardar la seguridad individual y libertad del núcleo familiar de su representado; 3) adoptar medidas para velar por un sector de estacionamiento de sus funcionarios y usuarios; 4) adoptar medidas para velar por la privacidad de su representado y su entorno familiar, la remoción de las cámaras de seguridad de la División de Víctimas y Testigos, que están dirigidas directamente al interior del inmueble del recurrente, co
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el artículo 20 de la Constitución Política de la República concede, a quien por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías taxativamente señalados, la acción cautelar de protección a fin de impetrar del órgano jurisdiccional se adopten de inmediato las medidas o providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. De lo anterior se infiere que para su procedencia es requisito indispensable la existencia de un acto u omisión ilegal, es decir, contrario a derecho, en el sentido de vulnerar un precepto normativo obligatorio, o bien, arbitrario, esto es, producto del mero capricho de quien incurre en él, de modo que la arbitrariedad significa carencia de razonabilidad en el actuar u omitir. SEGUNDO: Que recurre empresa en contra de la Fiscalía Regional de Iquique, por diversas molestias que indica en su libelo en relación a una oficina de dicha repartición pública, derivadas de su condición de vecinos colindantes. TERCERO: Que, valorados los antecedentes acompañados en esta causa, conforme a las reglas de la sana crítica, no se observa actuar arbitrario o ilegal de la institución recurrida que afecte los derechos constitucionales invocados, no solo debido a la falta de prueba de la titularidad del derecho de propiedad sobre el inmueble que ocuparía la actora, sino que las conductas descritas no son atribuibles, al menos con la prueba rendida, al Ministerio Público ni a sus dependientes, motivo suficiente para rechazar el recurso deducido.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo establecido en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA la acción constitucional de protección deducida en favor de Inmobiliaria las Dunas SPA. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. Rol N° 317-2024 Protección.
Texto Completo (Preview)
Iquique, tres de junio de dos mil veinticuatro. VISTO: Comparece la abogada Lorena Vargas Miranda, en representación de Inmobiliaria las Dunas SPA, por quien recurre de protección en contra de la Fiscalía Regional de Tarapacá, por atentar contra los derechos y garantías constitucionales reguladas en los numerales 1 y 4 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone la situac
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