JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ YEISON STIVEN QUINONES PRADO

Rol

Fecha

3 de junio de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa de los imputados Yeison Stiven Quiñones Prado y Damariz Cristina Ampuero Vargas, en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que impuso la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persecutor en contra de ambos. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se le atribuye a los imputados. 3°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en consideración la naturaleza del delito por la cual fue formalizada la presente investigación, la forma de comisión del mismo, el hecho de haber actuado en grupo o pandilla, la existencia de antecedentes pretéritos, la prognosis de pena, además de la circunstancia de encontrarse el imputado Yeison Stiven Quiñones Prado gozando de una pena sustitutiva al momento de su detención, se configura un peligro para la seguridad de la sociedad y de los fines del procedimiento que se resguarda sólo con la medida cautelar de prisión preventiva impuesta por el Tribunal a quo en esta causa. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha veintiséis de mayo del año dos mil veinticuatro, dictada por el Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Francisco Almonacid Faúndez respecto de los imputados Yeison Stiven Quiñones Prado y Damariz Cristina Ampuero Vargas, manteniéndose la medida cautelar de prisión preventiva impuesta en contra de ambos. Comuníquese de la

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha veintiséis de mayo del año dos mil veinticuatro, dictada por el Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Francisco Almonacid Faúndez respecto de los imputados Yeison Stiven Quiñones Prado y Damariz Cristina Ampuero Vargas, manteniéndose la medida cautelar de prisión preventiva impuesta en contra de ambos. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 704-2024.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, tres de junio de dos mil veinticuatro Vistos 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa de los imputados Yeison Stiven Quiñones Prado y Damariz Cristina Ampuero Vargas, en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt que impuso la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persecutor en

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