SIN INFORMACION

/CORTE DE APELACIONES DE TALCA

Rol

Fecha

3 de junio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR.

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 28 de mayo del presente año, compareció JULIO HERRERA ROSALES, defensor penal privado, cédula nacional de identidad Nº 11.232.125-k, domiciliado en Chacabuco 379-B, Curicó, en favor de WILLIAM ROBERT GALAZ IBAÑEZ, CI. N° 13.501.176-2, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, con salida dominical; y señala que, de conformidad a lo dispuesto en el inc. final del artículo 21 de la Constitución Política de la República, interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional del primer semestre del año 2024 por el acto ilegal y arbitrario ejecutado el día 9 de abril del año en curso que denegó la libertad condicional del amparado. Refirió que actualmente cumple condena en causa RIT 99-2018, del Tribunal Oral de Osorno, que unificó las penas en ocho años de presidio mayor en su grado mínimo. En el mes de abril de este año, habiendo cumplido más de la mitad de su condena, su defendido fue postulado a la libertad condicional por el CCP de Talca, incluso se le sugirió favorablemente la libertad vigilada, cumpliendo con creces todos los requisitos. Goza de muy buena conducta, realiza labores en beneficio de Gendarmería y de su propia familia, generando ingresos y ha cumplido sin faltas el beneficio de salida dominical. A pesar de que cumplía todos los requisitos previsto en la ley para su concesión, la Comisión de Libertad Condicional resolvió por mayoría simple no conceder el beneficio, fundamentando de manera genérica, arbitraria e ilegal: “DENEGAR el beneficio de Libertad Condicional a los siguientes postulantes de la Lista N° 1, atendido a los antecedentes personales, la naturaleza del delito por el cual se hizo efectiva su responsabilidad penal y las circunstancias en que se verificó”. Argumenta que el rechazo obedece a exigencias que ni el propio legislador ha previsto, por lo que el acto administrativo escapa de la esfera de atribuciones entrega

Fundamentos

considerandos anteriores, esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. En este sentido, la negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, esto es, a lo prevenido en el artículo 2 N° 3 del D.L. 321, conforme a los antecedentes que tuvo a la vista al momento de resolver y que se reproducen en el motivo segundo que precede, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual de la amparada.

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por don Julio Herrera Rosales en favor de WILLIAM ROBERT GALAZ IBÁÑEZ en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional el pasado 9 de abril. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol 249-2024/Amparo. mro

Texto Completo (Preview)

Talca, tres de junio de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 28 de mayo del presente año, compareció JULIO HERRERA ROSALES, defensor penal privado, cédula nacional de identidad Nº 11.232.125-k, domiciliado en Chacabuco 379-B, Curicó, en favor de WILLIAM ROBERT GALAZ IBAÑEZ, CI. N° 13.501.176-2, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario

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