BARRERA BARRERA MIGUEL/GENDARMERÍA DE CHILE-CENTRO DE DETENCIÓN PREVENTIVA SANTIAGO I(NP)
Rol
Fecha
3 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que a través de formulario dispuesto al efecto, comparece Viviana de las Mercedes Barrera Silva, cédula de identidad Nro. 8.702.268-4, y deduce acción constitucional de amparo a favor de Miguel Jesús Barrera Barrera, quien se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, e interpone acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber incurrido ésta en un acto ilegal en la dictación de la resolución que no accedió al beneficio de libertad condicional solicitada para el primer semestre del año en curso. Segundo: Que al tenor del recurso de amparo informó la ministra presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, indicando que el amparado no fue postulado, por ninguna unidad penal, para el beneficio de libertad condicional en el periodo del primer semestre de 2024. Tercero: Que a petición de esta Corte, evacuó informe Valeria Orrego Caro, en representación de Gendarmería de Chile, manifestando que el amparado no fue postulado al primer semestre de 2024 debido a que “[…] cumple con el requisito de conducta para ser postulado, toda vez que, que [sic] en el bimestre Enero-Febrero del año venidero el amparado tuvo una baja de conducta en el Área Laboral, siendo reevaluado mediante Tribunal de Conducta de fecha 02 de mayo del presente año, según lo informado por el encargado Laboral mediante Minuta N° 1 que da cuenta que se determinó subir conducta laboral a Muy Buena, ahora bien, la conducta fue reevaluada a posterior del proceso de Libertad Condicional […]” Cuarto: Que Gendarmería de Chile amplió el informe anterior indicando que el amparado cuenta, a la data del informe, esto es, al 31 de mayo de 2024, con los requisitos de tiempo mínimo y conducta para ser postulado al beneficio de libertad condicional. Seguidamente, en la misma fecha referida en el motivo anterior, Gendarmería de Chile evacuó nueva ampliación de informe , expresando que el amparado cumpl
Fallo
Por estas consideraciones, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se acoge el recurso de amparo deducido en favor de Miguel Jesús Barrera Barrera y en consecuencia, se ordena a la autoridad penitenciaria que, dentro de quinto día, deberá evacuar el informe psicosocial de postulación a la libertad condicional del amparado, y remitir todos los antecedentes necesarios a la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte, para que, en sesión extraordinaria, se pronuncie respecto a la procedencia de conceder el beneficio de libertad condicional al amparado. Regístrese y comuníquese. N°Amparo-997-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de junio de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que a través de formulario dispuesto al efecto, comparece Viviana de las Mercedes Barrera Silva, cédula de identidad Nro. 8.702.268-4, y deduce acción constitucional de amparo a favor de Miguel Jesús Barrera Barrera, quien se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santi
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