JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LITUECHE

MP C/ SANDRA PAOLA FARIAS PALOMINO

Rol

Fecha

3 de junio de 2024

Materia

DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO y TENIENDO PRESENTE: 1° Que, comparece el abogado Raúl Andrés Ramírez Morales, defensor penal privado, en representación de la imputada Sandra Paola Farías Palomino, quien deduce recurso de apelación en contra de la resolución dictada en audiencia, de fecha 06 de mayo de 2024, por la que se rechazó la solicitud de sobreseimiento definitivo formulada por su defensa, en razón de haber operado en la especie la causal de extinción de responsabilidad penal de prescripción de la respectiva acción penal; y en contra de la resolución dictada con la misma fecha, mediante la cual no se hizo lugar al alzamiento de la cautelar impuesta a su representada, prevista en la letra g) del artículo 155 del Código Procesal Penal. Expone que los hechos que motivan la presente causa habrían ocurrido el día 16 de marzo de 2023 y corresponden a la falta penal de lesiones leves, prevista y sancionada en el artículo 494 N° 5 del Código Penal. La audiencia de control de la detención fue llevada a cabo el día 17 de marzo de 2023, oportunidad en que la fiscalía local presentó requerimiento simplificado verbal, fijándose audiencia de procedimiento simplificado para el día 24 de mayo de 2023, la que tuvo lugar como estaba previsto y donde las partes arribaron, en definitiva, a un acuerdo reparatorio consistente en la prohibición a la imputada de acercarse a la víctima y a su hija por el término de un año. Añade que el 22 de diciembre de 2023, nueves meses después de ocurridos los hechos, la fiscalía solicitó la revocación del acuerdo reparatorio, el que se concretó en audiencia de fecha 17 de enero de 2024, y en la cual se decretó además la medida cautelar prevista en el artículo 155 letra g) del Código Procesal Penal. Con fecha 7 de febrero de 2014 el Ministerio Público presentó nuevamente requerimiento en procedimiento monitorio, por los mismos hechos, solicitando se impusiera a la encartada una multa de 3 unidades tributarias mensuales, la que fue acogida por el tribunal el día 14 de

Fundamentos

considerando que el ilícito de lesiones leves constituye una falta penal, no resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 96 del código punitivo, al no afectarle suspensión como tampoco interrupción alguna, de conformidad a su naturaleza, por tratarse de una prescripción de corto tiempo, sin que la formalización o el requerimiento produzca el efecto de suspender dicho plazo, precisamente por tratarse de una clase de prescripción más breve que las contenidas en la norma citada, cuyo tenor literal sólo se refiere a crímenes y simples delitos, debiendo en consecuencia acogerse la petición de sobreseimiento definitivo al constatar que en el caso que nos atañe, ha transcurrido con creces el plazo de prescripción de la acción penal, dado que los hechos que originan la presente causa tuvieron lugar con fecha 16 de marzo de 2023 y la audiencia donde se debatió el sobreseimiento definitivo se verificó el día 6 de mayo de 2024, y en este mismo sentido se ha pronunciado ya esta Iltrma. Corte en los autos Rol 155-2024 y la Corte de Apelaciones de Coyhaique en los autos Rol 223-2023 Penal. Por lo anterior y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 93 letra f) y 250 letra d) ambos del código precitado, SE REVOCA, la resolución apelada de fecha 6 de mayo de 2024, por la que se rechazó el sobreseimiento definitivo y el alzamiento de la cautelar impuesta a la encartada a petición de su defensa, y en su lugar,

Fallo

se declara que se sobresee definitivamente la causa, respecto de las lesiones leves que se atribuyó a la referida imputada y se alzan las cautelares decretadas con ocasión de la presente causa. Rol Corte 944-2024 Penal. No firma el Ministro Sr. Jorge Fernández Stevenson, por no encontrarse integrando el día de hoy, sin perjuicio de haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa.

Texto Completo (Preview)

Rancagua, tres de junio de dos mil veinticuatro. - VISTO y TENIENDO PRESENTE: 1° Que, comparece el abogado Raúl Andrés Ramírez Morales, defensor penal privado, en representación de la imputada Sandra Paola Farías Palomino, quien deduce recurso de apelación en contra de la resolución dictada en audiencia, de fecha 06 de mayo de 2024, por la que se rechazó la solicitud de sobreseimiento definitivo f

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica