1º JUZGADO DE LETRAS DE IQUIQUE

TORRES CON TERMINAL AGROPECUARIO S.A.

Rol

Fecha

3 de junio de 2024

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Que en esta causa Rol Ingreso Corte Civil N° 582-2023, Rol Ingreso Tribunal N° 3261-2023, el abogado Pablo Muñoz Bravo, por la demandada Terminal Agropecuario Iquique S.A.C, dedujo conjuntamente recurso de casación en la forma y recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva dictada por el Primer Juzgado de Letras de Iquique de fecha treinta de octubre de dos mil veintitrés. Fundó la casación en las causales del artículo 768 numerales N° 4 y 5 del Código de Procedimiento Civil, esto es, “En haber sido dada ultra petita, esto es, otorgando más de lo pedido por las partes, o extendiéndola a puntos no sometidos a la decisión del tribunal, sin perjuicio de la facultad que éste tenga para fallar de oficio en los casos determinados por la ley;” y “En haber sido pronunciada con omisión de cualquiera de los requisitos enumerados en el artículo 170”. Solicitó invalidar la sentencia y disponer la dictación de una nueva por un Juez no inhabilitado que corresponda, que se ajuste a derecho y con expresa condena en costas. En la apelación, solicitó acoger el recurso y que se enmiende con arreglo a derecho la sentencia recurrida, confirmándola en la parte que su recurso no impugna y revocándola respecto de las decisiones primera, segunda, tercera, y séptima. Por resolución de doce de diciembre de dos mil veintitrés conforme lo dispuesto en el inciso 3° del artículo 66 del Código Orgánico de Tribunales, se acumuló a este, el recurso el ingresado bajo el Rol N° Civil-656-2023. En el recurso más antiguo, la demandada apeló de la sentencia interlocutoria del 2 de octubre de 2023 del cuaderno de objeción de documentos, que rechazó el incidente de objeción documental por ella promovido, en que objetaba el “informe de observaciones a las memorias de la sociedad, correspondientes a los años 2021 y 2022”, acompañado por la demandante. A este respecto, pidió su revocación, dejándola sin efecto en todas sus partes. En esta instancia, la recurrente acompañó documentos

Fundamentos

CONSIDERANDO: EN CUANTO A LA APELACIÓN INCIDENTAL: PRIMERO: En síntesis, la recurrente reprocha que el tribunal resolvió indebidamente la incidencia de objeción documental promovida por su parte, pues lo resolvió de forma separada y antes de dictar la sentencia definitiva, contraviniendo el texto del artículo 690 del Código de Procedimiento Civil. Afirma que la actora acompañó al proceso el mismo documento en dos oportunidades distintas, una en el comparendo de estilo en el que, ante la objeción de su parte, el tribunal dejó su resolución para definitiva. Y, luego, durante el probatorio, oportunidad esta última en que, al darle tramitación incidental a su objeción, ordenó formar cuaderno separado y evacuado el traslado, resolvió la incidencia dictando la interlocutoria que recurre. SEGUNDO: Que siendo incuestionable que, en el procedimiento sumario cual es el procedimiento al que se sujetó la tramitación de esta causa, la sentencia definitiva se debe pronunciar tanto sobre la acción principal como sobre los incidentes. Es incontrovertible, en tales circunstancias, que resolver la incidencia separadamente y antes de la sentencia, cuando esta no sea previa e incompatible con aquella, constituye un defecto que por la apelación debe ser corregido, sin perjuicio que respecto del fondo de la incidencia habrá de estar a la decisión en cuanto a lo apelado de la sentencia definitiva, toda vez que se trata de la objeción documental promovida respecto del mismo documento en dos oportunidades diversas que fue objeto de apelación por la demandada, respecto del cual naturalmente la decisión debe ser idéntica. EN CUANTO AL RECURSO DE CASACIÓN: TERCERO: Que el recurrente, conjuntamente con la nulidad formal que alega, impugna la sentencia por medio de apelación bajo los mismos argumentos que sustenta el recurso de casación, en este entendido, considerando que el recurrente no ha sufrido un perjuicio reparable sólo con la invalidación del

Fallo

fallo y que por tanto el perjuicio que alega se puede enmendar mediante la revisión que esta Corte efectuará con ocasión del citado recurso de apelación, y conforme lo señalado en el artículo 768, inciso tercero, del Código de Procedimiento Civil, la casación en la forma no puede prosperar. EN CUANTO AL RECURSO DE APELACIÓN: Se reproduce la sentencia en alzada, y se tiene, además, presente: CUARTO: Que el apelante recurre en contra de la sentencia definitiva, pretendiendo la revocación de esta en cuatro aspectos, a saber: en cuanto rechazó el incidente de incompetencia absoluta; en subsidio, en cuanto al rechazo de la excepción dilatoria de ineptitud del libelo; y conjuntamente del rechazo de la objeción de documento y, en cuanto acogió la demanda. Respecto de la incompetencia, sustenta su pretensión en que como el actor plantea la controversia, esta no tiene relación única y exclusivamente con su incertidumbre respecto de la obligación de rendir cuenta, que pesa sobre la sociedad, sino con problemas diversos y ajenos entre sí como las diferencias que tiene el actor con el desarrollo de la empresa y la gestión tanto del Directorio como del Gerente General o que se tramite un proceso en el Juzgado de Policía Local respecto del cumplimiento de la Ley de Urbanismo y Construcciones contra la sociedad, entre otras. Debido a lo anterior, en la medida que tanto la rendición de cuenta, como las dificultades que se presenten entre socios de una misma sociedad, son materia de un arbi

Texto Completo (Preview)

Iquique, tres de junio de dos mil veinticuatro. VISTO: Que en esta causa Rol Ingreso Corte Civil N° 582-2023, Rol Ingreso Tribunal N° 3261-2023, el abogado Pablo Muñoz Bravo, por la demandada Terminal Agropecuario Iquique S.A.C, dedujo conjuntamente recurso de casación en la forma y recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva dictada por el Primer Juzgado de Letras de Iquique de fec

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica