BRAYANTH GARCIA CORDERO / COMPLEJO PENITENCIARIO DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
1 de junio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: A folio 1, mediante formulario ingresado en dependencias de esta Corte, comparece, Yoska Simirami Cordero de García, en favor de Brayanth Elías García Cordero, recluido en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, y deduce recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile. Expone que el amparado se encuentra castigado hace 29 días y el día 15, luego de estar castigado, fue llevado al módulo 102, lugar donde le cortaron un brazo.y en el módulo 105 fue amenazado. Refiere que desconoce el estado de salud del interno y pide que sea trasladado al módulo 103 para su seguridad. A folio 6, informa el Complejo Penitenciario de Valparaíso y refiere que el interno no cumple con el perfil para ingresar al módulo 103, ya que cuenta con reiteradas faltas al régimen interno y regular conducta. Afirma que ya estuvo recluido en dicha dependencia y no mantuvo un buen comportamiento, por lo que fue egresado. Añade que el interno voluntariamente solicitó ingresar al módulo 105, ya que no mantiene problemas con sus pares, firmando un compromiso de mantener buen comportamiento. A folio 7, informa Gendarmería de Chile, Dirección Regional de Valparaíso. Expresa que se realizó un registro y allanamiento al interior de las dependencias del Módulo N°103, lugar en donde se hizo ingreso y se sorprendió al amparado portando un arma cortopunzante de fabricación artesanal. Asimismo, se registraron otras dependencias del block, logrando incautar nueve armas cortopunzantes de fabricación artesanal de distintas dimensiones y un teléfono celular, sin verificar internos responsables. Añade que se derivó al interno a la enfermería penal, cuyo informe de salud no arrojó lesiones visibles actuales y fue dejado en aislamiento preventivo por 24 horas al interior del módulo 108. Afirma que el interno no puede ser reclasificado en el Módulo N°103, debiendo mantenerse en dependencias que asigne la Oficina de Clasificación y Segmentación de la Población Penal. Se trajeron los autos en relación
Fundamentos
considerando: Primero: Que, la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6° de la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile y artículo 28 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, es competencia de Gendarmería de Chile el determinar la unidad penal y el módulo en donde los internos cumplen las medidas cautelares y las penas corporales que le han sido impuestas, de modo que la decisión ha sido adoptada por la autoridad competente y dentro de sus facultades legales de segmentación de la población penal. Tercero: Que, asimismo, estima esta Corte que Gendarmería de Chile ha actuado dentro de sus facultades legales y preocupándose, además, por tomar las medidas necesarias para resguardar la integridad física del interno amparado, quien se encuentra en el Módulo N° 105 por solicitud voluntaria, no vislumbrándose vulneración, privación o amenaza de sus derechos fundamentales.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Brayanth Elías García Cordero, sin perjuicio que la recurrida, en el cumplimiento de sus obligaciones, debe adoptar todas las medidas que correspondan, a fin de proteger la integridad física y psíquica del amparado. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1249-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, uno de junio de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, mediante formulario ingresado en dependencias de esta Corte, comparece, Yoska Simirami Cordero de García, en favor de Brayanth Elías García Cordero, recluido en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, y deduce recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile. Expone que el amparado se encuentra castigado h
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