JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LOS VILOS

MP C/ MAURICIO ALEJANDRO REYES MUNOZ

Rol

Fecha

1 de junio de 2024

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Que los argumentos que sirven de base a la apelación y a los alegatos efectuados por la defensa del imputado, no logran desvirtuar lo resuelto por la juez ad quo, criterio que esta Corte comparte, por cuanto se estima que en esta etapa del procedimiento, se encuentra justificada tanto la existencia del delito como la participación que le ha correspondido al imputado en este, y que, asimismo, en lo relativo a la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, se considera que concurren los criterios de peligrosidad correspondientes a la gravedad de la pena asignada al delito, su carácter y forma de comisión, de manera que, la medida cautelar impuesta satisface los fines del procedimiento que con aquella se persigue. Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia del veinticinco de mayo de dos mil veinticuatro, que decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Mauricio Alejandro Reyes Muñoz, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora (I) doña Natalia Ferrada Retamal. Devuélvase vía interconexión. Rol N°1074-2024 Penal.-

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia del veinticinco de mayo de dos mil veinticuatro, que decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Mauricio Alejandro Reyes Muñoz, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora (I) doña Natalia Ferrada Retamal. Devuélvase vía interconexión. Rol N°1074-2024 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, uno de junio de dos mil veinticuatro. Siendo las 09:54 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro Titular señor Christian Le-Cerf Raby e integrada por la Ministra Titular señora Gloria Negroni Vera y la Abogada integrante señora Elvira Badilla Poblete, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa,

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