SIN INFORMACION

ELPHE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION

Rol

Fecha

31 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1 compareció EMMANUEL BIEN-AIME, quien actuando a favor de MARKENDER ELPHE, ciudadano haitiano, interpuso acción institucional de amparo contra el SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, impugnando la Resolución Exenta N°24188319, de fecha 22 de abril de 2024, por la que se rechazó su solicitud de permanencia definitiva y, además, ordena su abandono del país.  Explica el recurrente que el amparado se vio en la necesidad de migrar a Chile, lo que motivó su opción a la residencia definitiva, la cual fue rechazada en virtud de la resolución impugnada. Agrega que entre los

Fundamentos

motivos del rechazo, se indica “Que el solicitante no remite el certificado de antecedentes de su país de origen legalizado por el Consulado y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, en original mediante correo certificado, requisito exigido para otorgar el permiso de residencia definitiva, siendo pertinente rechazar su solicitud en conformidad al artículo 88 N°1 de la Ley N°21.325 de Migración y Extranjería.” Estima el recurrente que la resolución es injusta, porque cuando recibió la notificación que le pedía el certificado de antecedentes penales, acudió al consulado haitiano en Chile a buscar este documento, y le dieron un certificado de constancia para justificar que el certificado antecedente penal se encuentra en trámite, y acompañó dicho certificado con una carta señalando que por fuerza mayor no puede acompañar el certificado solicitado en el plazo de 10 días, el cual no ha sido concedido al día de hoy. Agrega que la recurrida podría aplicar una sanción menos grave, no el abandono, siendo un hecho público y notorio la grave situación humanitaria que afecta el país de origen del amparado. Refiere que conjuntamente, con rechazar la solicitud de residencia definitiva por una mera formalidad, se dispuso su abandono del país, cuestión que estima igualmente injusta, ilegal y desproporcionada, que atenta contra su derecho a la ilegalidad ante la ley, pues en otros casos se otorgaría un permiso de residencia temporal de manera sustitutiva a la orden de abandono en virtud de lo dispuesto en el artículo 91 inciso 5° de la Ley N°21.325, cuestión que fue soslayada por la recurrida. Pide se deje sin efecto la Resolución Exenta N°24188319, de fecha 22 de abril de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, revocando la orden de abandono y ordena a la recurrida, en un plazo prudente, emite nuevo pronunciamiento otorgar al amparado un plazo no menos a 90 días o la que estima prudente, para que el amparado pueda hacer llegar el certificado antecedente penal de su país origen. A folio 6 el Servicio Nacional de Migraciones evacua informe, y explica que el recurrente ingresó por primera vez al país en enero de 2018 por el paso fronterizo habilitado, en calidad de turista. Luego indica que fecha 22 de junio de 2018, la Gobernación Provincial de Osorno, otorga visación de residente temporal por motivos laborales, por 1 año y en calidad de titular, este permiso se mantuvo vigente hasta el 29 de junio de 2019. Añade, en lo pertinente al recurso, que con fecha 16 de febrero de 2022, el extranjero solicitó ante este servicio, el beneficio de la residencia definitiva, mediante la solicitud N° ID 2580668, pagó luego los derechos, completó en su oportunidad los documentos faltantes que le solicitaban, y con fecha 28 de noviembre de 2023, este servicio notificó al extranjero de Notificación previo rechazo por no remitir el certificado de antecedentes de su país de origen legalizado por el Consulado y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, en

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas el recurso de amparo interpuesto por EMMANUEL BIEN-AIME a favor de MARKENDER ELPHE, en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.  Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Amparo 191-2024.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, treinta y uno de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1 compareció EMMANUEL BIEN-AIME, quien actuando a favor de MARKENDER ELPHE, ciudadano haitiano, interpuso acción institucional de amparo contra el SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, impugnando la Resolución Exenta N°24188319, de fecha 22 de abril de 2024, por la que se rechazó su solicitud de permanencia definitiva y, adem

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