MP C/ YOVANY ANDRES TORRES MARIN
Rol
Fecha
31 de mayo de 2024
Materia
ROBO CON VIOLENCIA, INTIMIDACION DE VEHICULO MOTORIZADO
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Y teniendo presente que en el caso se cumplen los presupuestos del artículo 140 del Código Procesal Penal, se REVOCA la resolución apelada de veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro y, en su lugar, se declara que: I.- Se decreta la prisión preventiva de los imputados Mario Estrada González por peligro para la seguridad de la sociedad, peligro de fuga y peligro para la seguridad de la víctima y don Yovany Torres Marín, por peligro para la seguridad de la víctima. II.- Se decreta la internación provisoria del imputado Bastián Pedreros Clavijo, por peligro para la seguridad de la sociedad, peligro para la seguridad de la víctima y peligro de fuga. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 908 – 2024 PEN. La Ministra de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 31 de mayo de 2024. Nadhia Álvarez Muñoz Relatora Suplente En Valdivia, treinta y uno de mayo de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se decrete la prisión preventiva de los imputados. A continuación alegan las respectivas defensas, solicitando en mérito de las alegaciones de hecho y derecho que desarrollan en la audiencia se confirme la resolución en alzada. Los intervinientes hacen uso de su derecho a réplica. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminados los alegatos y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Y teniendo presente que en el caso se cumplen los presupuestos del artículo 140 del Código Procesal Penal, se REVOCA la resolución apelada de veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro y, en su lugar,
Fallo
se declara que: I.- Se decreta la prisión preventiva de los imputados Mario Estrada González por peligro para la seguridad de la sociedad, peligro de fuga y peligro para la seguridad de la víctima y don Yovany Torres Marín, por peligro para la seguridad de la víctima. II.- Se decreta la internación provisoria del imputado Bastián Pedreros Clavijo, por peligro para la seguridad de la sociedad, peligro para la seguridad de la víctima y peligro de fuga. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 908 – 2024 PEN. La Ministra de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 31 de mayo de 2024. Nadhia Álvarez Muñoz Relatora Suplente En Valdivia, treinta y uno de mayo de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA TREINTA Y UNO DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO, PARA LA VISTA –POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA– DEL RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN CAUSA RUC 2400601071-3, RIT 3072–2024. ROL CORTE 908–2024. Siendo las 09:37 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia, con la asistencia de la Ministra Sra. Marí
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