IBÁÑEZ/COLMENA COMPAÑIA DE SEGUROS DE VIDA S.A.
Rol
Fecha
31 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Mario Tolosa Lahr en nombre Carolina Ibáñez León e interpone recurso de protección en contra de Colmena Compañía de Seguros de Vida S.A por el acto arbitrario e ilegal consistente en la negativa de otorgar las coberturas que por contrato de seguro catastrófico de salud le corresponden. Relata que la recurrente fue visitada durante la semana del 17 al 21 de agosto de 2015, sin recordar la fecha específica, por la ejecutiva de ventas de la recurrida, doña Ivonne Lagos Estrada, quien le ofreció contratar el Seguro Catastrófico de Salud para ella y su grupo familiar, denominado Salud Máxima, el que tiene por finalidad, cubrir gastos catastróficos de salud, por sobre aquella parte que no les era cubierta por el Plan de Salud de Isapre Colmena que tenían contratado, por una suma equivalente en pesos, de hasta 15.000 Unidades de Fomento, oportunidad en que le entregó una serie de documentos, indicándole expresamente que solo debía poner su firma, ya que ella llenaría las menciones de los mismos, sobre la base a la entrevista que le estaba haciendo para así ahorrar tiempo. Con ello, indica, se habría materializado el contrato de seguro, pagando desde entonces las primas mensuales, usando en el año 2017 dicho seguro para pagar una operación de rodilla, sin mayor inconveniente. Agrega que, a comienzos de marzo de 2016, la recurrente, a propósito de su trabajo invernal como entrenadora del Club de Ski La Parva, se le requirió por parte de su supervisor en dicho club, Francisco Fernández Monge, un examen de imágenes de su columna, dado que éste había visto que, en la temporada anterior, sus giros hacia la izquierda durante la práctica del ski alpino que realiza regularmente desde los 5 años, eran deficientes. Expone que con fecha 29 de marzo de 2016 se realizó una Resonancia Nuclear Magnética a la columna, arrojando como resultado, entre otras cosas, una escoliosis sintomática que se le había generado con el pasa
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Carolina Ibáñez León en contra de Colmena Compañía de Seguros de Vida S.A. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Redactó la abogado integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. N°Protección-4413-2024. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Juan Cristóbal Mera Muñoz e integrada, además, por el ministro señor Tomás Gray Gariazzo y por la abogada integrante señora Paola Herrera Fuenzalida.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece el abogado Mario Tolosa Lahr en nombre Carolina Ibáñez León e interpone recurso de protección en contra de Colmena Compañía de Seguros de Vida S.A por el acto arbitrario e ilegal consistente en la negativa de otorgar las coberturas que por contrato de seguro catastrófico d
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