NUÑEZ/PRODUCTOS DEL MAR VENTISQUEROS S.A
Rol
Fecha
30 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de protección consagrado en la Constitución Política de la República, dice relación con la afectación de garantías constitucionales específicas de cuyo ejercicio legítimo por actos u omisiones contrarias a ley o por mero arbitrio de persona o autoridad determinada, el titular se ha visto amenazado, perturbado o privado, a fin de disponer las medidas de protección o de restablecimiento del derecho conducentes a poner término inmediato a la vulneración de derechos indubitados. Que en la especie, no se mencionan hechos que puedan constituir vulneración en el ejercicio legítimo de garantías constitucionales amparadas por esta vía, y no es posible a su respecto adoptar medida de protección o restablecimiento del derecho como lo peticiona la compareciente o alguna otra, tratándose de un asunto propio de competencia de los tribunales ordinarios de justicia. Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en el numeral 2º del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Protección se declara inadmisible el interpuesto por doña Graciela Núñez Benítez. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 878-2024.
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en el numeral 2º del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de Recurso de Protección se declara inadmisible el interpuesto por doña Graciela Núñez Benítez. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 878-2024.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, treinta de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de protección consagrado en la Constitución Política de la República, dice relación con la afectación de garantías constitucionales específicas de cuyo ejercicio legítimo por actos u omisiones contrarias a ley o por mero arbitrio de persona o autoridad determinada, el titular se ha visto amenazado, p
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