MINISTERIO PUBLICO / JAVIER IGNACIO MARQUEZ CONTRERAS Y OTROS
Rol
Fecha
30 de mayo de 2024
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: 1°.- Que, conforme el mérito de autos y las alegaciones vertidas en audiencia, es del parecer de estos sentenciadores, que los argumentos esgrimidos por la Fiscalía no bastan por ahora para tener por establecido que concurren los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, respecto del delito de asociación delictiva del artículo 292 del Código Penal. 2°.- Que, respecto de los demás delitos atribuidos a Vargas Riquelme y Marques Contreras, puede tenerse por establecido, en esta etapa procesal, que concurren a su respecto antecedentes que justifican su existencia y permiten presumir fundadamente su participación. 3°.- Que, en cuanto a la necesidad de cautela, teniendo en consideración, el número de delitos atribuidos, las penas asignadas por ley a éstos y la forma de comisión, es del parecer de estos sentenciadores que la seguridad de la sociedad y el éxito de las diligencias de investigación solo se satisfacen mediante la cautelar decretada por el a quo, teniendo además en cuenta, que Marques Contreras registra condenas previas, y Vargas Riquelme ha sido formalizado por infracción a la Ley de Armas. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de 23 de mayo en curso. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente R.I.C N° 543-2024, acumulada a N° 544-2024 Penal.-
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de 23 de mayo en curso. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente R.I.C N° 543-2024, acumulada a N° 544-2024 Penal.-
Texto Completo (Preview)
C.A. Chillán rps/mgab Chillán, treinta de mayo de dos mil veinticuatro. Visto: 1°.- Que, conforme el mérito de autos y las alegaciones vertidas en audiencia, es del parecer de estos sentenciadores, que los argumentos esgrimidos por la Fiscalía no bastan por ahora para tener por establecido que concurren los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, respecto del d
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