GUEVARA / SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN
Rol
Fecha
30 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Visto: En cuanto a la alegación de incompetencia: Atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que el recurrente señala en su libelo como domicilio el ubicado en Las Violetas Block 565, depto. A-22, comuna de Quilicura, esto es, Región Metropolitana, Santiago; que su abogada patrocinante también se encuentra domiciliada en la misma región, y que el acto que impugna el recurrente a través de este recurso habría sucedido el 19 de abril del año 2024 cuando concurre a las oficinas del Registro Civil de la ciudad de Santiago, todo lo cual permite colegir que el acto contra el que se reclama ocurrió en dicha ciudad, y que los efectos del mismo se producirán fuera de los límites del territorio jurisdiccional de este Tribunal de Alzada y, visto lo previsto en el numeral uno del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge la solicitud y se declara la incompetencia de esta Corte para conocer del arbitrio de inicio, debiendo remitirse a la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, por corresponderle su conocimiento y resolución. Dese cumplimiento a lo ordenado por la Unidad de Causas, una vez firme la presente resolución, sirviendo la misma como suficiente y atento oficio remisor. Anótese y notifíquese en su oportunidad. N°Protección-3444-2024.
Fallo
se declara la incompetencia de esta Corte para conocer del arbitrio de inicio, debiendo remitirse a la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, por corresponderle su conocimiento y resolución. Dese cumplimiento a lo ordenado por la Unidad de Causas, una vez firme la presente resolución, sirviendo la misma como suficiente y atento oficio remisor. Anótese y notifíquese en su oportunidad. N°Protección-3444-2024.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, treinta de mayo de dos mil veinticuatro. Visto: En cuanto a la alegación de incompetencia: Atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que el recurrente señala en su libelo como domicilio el ubicado en Las Violetas Block 565, depto. A-22, comuna de Quilicura, esto es, Región Metropolitana, Santiago; que su abogada patrocinante también se encuentra domici
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