SCOTIABANK CHILE S. A./VERA
Rol
Fecha
31 de mayo de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que atendido a los antecedentes que se desprenden del sistema computacional interconectado, el recurso de apelación materia del presente ingreso, fue interpuesto con fecha cuatro de mayo del año en curso (folio N°60 – cuaderno de apremio ejecutivo obligación de dar), en contra de la resolución de veintiséis de abril del mismo año (folio N°59 - cuaderno de apremio ejecutivo obligación de dar), notificada al apelante por el estado diario en la misma fecha de la dictación de la resolución recurrida. 2°.- Que conforme la regla general establecida en el inciso primero del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil el recurso de apelación, contra toda resolución que no sea la sentencia definitiva, debe ser interpuesto dentro de quinto día de notificado. Luego, en dichos términos, el plazo legal se encontraba vencido en estos autos a la fecha de interposición del presente recurso. Y conforme lo estatuido en los artículos 188, 189, 201 y 205, todos del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha cuatro de mayo del año en curso (folio N°60 – cuaderno de apremio ejecutivo obligación de dar), en contra de la resolución de veintiséis de abril del mismo año (folio N°59 - cuaderno de apremio ejecutivo obligación de dar) Devuélvase. N°Civil-7500-2024.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha cuatro de mayo del año en curso (folio N°60 – cuaderno de apremio ejecutivo obligación de dar), en contra de la resolución de veintiséis de abril del mismo año (folio N°59 - cuaderno de apremio ejecutivo obligación de dar) Devuélvase. N°Civil-7500-2024.
Texto Completo (Preview)
rbm C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de mayo de dos mil veinticuatro. A los folios N°s 4 y 5: estese a lo que se resolverá. Proveyendo al folio N°1: Vistos y teniendo presente: 1°.- Que atendido a los antecedentes que se desprenden del sistema computacional interconectado, el recurso de apelación materia del presente ingreso, fue interpuesto con fecha cuatro de mayo del año en curso (fol
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