SOTO/ SEREMI SALUD
Rol
Fecha
5 de junio de 2024
Materia
RECLAMACIÓN DE MULTA ADMINISTRATIVA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre las disposiciones generales. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte demandante el veintidós de abril de dos mil veinticuatro (folio N°33), en contra de la resolución de dieciocho del mismo mes y año (folio N°30). Comuníquese. N°Civil-8033-2024.mst
Fallo
Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte demandante el veintidós de abril de dos mil veinticuatro (folio N°33), en contra de la resolución de dieciocho del mismo mes y año (folio N°30). Comuníquese. N°Civil-8033-2024.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cinco de junio de dos mil veinticuatro. A los folios N°s 3 y 4: aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo di
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