JUZGADO DE GARANTIA DE OVALLE

C/ ALEXIS DEL CARMEN MUJICA MIRANDA

Rol

Fecha

29 de mayo de 2024

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, compartiendo estos sentenciadores los argumentos expuestos por la señora Jueza a quo, estimando que no existe una variación de las circunstancias que amerite una modificación de la medida cautelar decretada en autos, por cuanto el único antecedente nuevo acompañado corresponde a un informe balístico, no permite mutar la existencia de los delitos y la participación del imputado,

Fundamentos

considerando además que la necesidad de cautela se ve determinada por la posible a aplicar pena, lo que justifica mantener la decisión de la jueza de primera instancia. Atendido lo anterior, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 149, 358 y 370 del citado cuerpo legal, SE CONFIRMA la resolución apelada de veinte de mayo de dos mil veinticuatro, por el Juzgado de Garantía de Ovalle, íntegramente transcrita en la carpeta digital. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe la relatora (I) doña Natalia Ferrada Retamal. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 1059-2024 Penal. -

Texto Completo (Preview)

La Serena, veintinueve de mayo de dos mil veinticuatro. La Serena, veintinueve de mayo de dos mil veinticuatro. Siendo las 10:15 horas ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro señor Felipe Pulgar Bravo e integrada por el Ministro (s) señor Juan Carlos Espinosa Rojas y el abogado integrante señor Gabriel Gallardo Verdugo, se lleva a efecto audiencia para la vist

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