TOLEDO COFRE JOSE FERNANDO / COMISION DE BENEFICIO DE REDUCCION DE CONDENA
Rol
Fecha
29 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Valeska Orellana Córdova, abogada, defensora penal privada, en representación de José Fernando Toledo Cofré, de 54 años, quien deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Reducción de Condena del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Colina Uno. Señala que su representado fue condenado el 18 de marzo de 2021, en causa 1100048436-0 RIT: 2373-2011 del 2° Juzgado de Garantía de Santiago, a la pena de trece años de presidio mayor en su medio, como autor del delito de abuso sexual reiterado y violación, en persona mayor de 14 años. Refiere que ingresó a cumplir condena el 12 de diciembre de 2012 y registra como fecha de término el 27 de diciembre de 2025. Agrega que desde que se encuentra cumpliendo la pena impuesta ha obtenido meses de rebaja por buen comportamiento. Sin embargo, con fecha 9 de noviembre de 2022 se le informó que se encuentra excluido del proceso de rebaja en atención a lo dispuesto en la letra e) del artículo 17 de la Ley N°19.856. Añade que con la dictación de la Ley N°21.421, que entró en vigencia el 9 de febrero de 2022, la Comisión de Reducción de Condena, correspondiente al periodo noviembre 2022, aplicó la causal de exclusión que establece el mencionado artículo 17 letra e), en virtud de la modificación introducida por la Ley N°21.421, que excluye del proceso a los autores de delitos que afectan la indemnidad sexual de menores de 14 años, y acto seguido, decidió aplicar la eliminación del beneficio. Es decir, habiendo emitido ya un pronunciamiento, retrotrae su propia decisión. Sostiene que tanto Gendarmería de Chile como la Comisión de reducción de condena, han aplicado retroactivamente una norma penal desfavorable para el amparado, exigiendo el cumplimiento de requisitos que no existían al momento de los hechos materia de la acusación y dictación de la sentencia, firme y ejecutoriada, vulnerando con ello las garantías constitucionales previstas en el artículo 19 N°
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de José Fernando Toledo Cofré y en contra de la Comisión de Reducción de Condena. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1477-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Valeska Orellana Córdova, abogada, defensora penal privada, en representación de José Fernando Toledo Cofré, de 54 años, quien deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Reducción de Condena del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Colina Uno. Seña
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