SIN INFORMACION

MARIO JESUS ASTETE ECHEVERRIA/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

29 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la Defensora Penal Pública Penitenciaria doña Dennise Morales Beretta para deducir recurso de amparo en favor de Mario Jesús Astete Echeverría, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que no otorgó el beneficio de libertad condicional a su representado. Indica que la persona en cuyo favor recurre, se encuentra cumpliendo las condenas de 5 años, 4 años y 50 días por dos delitos de robo con violencia y maltrato de obra a carabineros. Agrega que registra como fecha de inicio de la condena el 16 de marzo de 2019, como fecha estimada de término el 7 de abril de 2027 y el tiempo mínimo exigido para postular al beneficio se verificó el 20 de marzo de 2024. Refiere que la conducta del interno ha sido calificada los últimos cuatro bimestres como muy buena y que pese a cumplir con todos los requisitos para obtener el beneficio solicitado, este le fue denegado ilegal e infundadamente. Pide que se acoja el presente recurso y se deje sin efecto la resolución pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional, decretando que se concede dicha libertad a su representado. Segundo: Que informa al tenor del recurso don Patricio Martínez Benavides, Ministro Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, indicando que, previa relación y análisis de los antecedentes, la comisión rechazó la solicitud de libertad condicional del interna, señalando lo siguiente “Analizados y ponderados los antecedentes que constan en la carpeta remitida por Gendarmería de Chile, se concluye que el interno presenta riesgo de reincidencia alto, con necesidades criminológicas en áreas de pares, tiempo libre, actitud pro criminal y patrón antisocial, se evidencia baja conciencia del delito, problemas de adherencia a la normativa social, deficiente resolución de conflictos y problemas de autocontrol con bajas habilidades sociales, baja capacidad de empatía, motivo por el cual se estima, por unanimidad, que no cumple los términos exigidos e

Texto Completo (Preview)

Dejo constancia que alegó por el recurso la abogada Denisse Morales Beretta. San Miguel, 29 de mayo de 2024. Diego Muñoz Gaete, relator. San Miguel, veintinueve de mayo de dos mil veinticuatro Al escrito folio 8: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la Defensora Penal Pública Penitenciaria doña Dennise Morales Beretta para deducir recurso de amparo en favor de Mario

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