/LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
29 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1°) A folio 1, con fecha 22 de mayo de 2024, comparece doña Violeta Villalobos Utreras, abogada de la Defensoría Regional de Atacama, en representación de la condenada Cecilia del Carmen Levancini Olate, cédula nacional de identidad N° 10.367.121-3, actualmente privada de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Copiapó, deduciendo acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por denegar el otorgamiento de la libertad condicional, mediante resolución N°61-2024, de diez de abril de dos mil veinticuatro. Expone que la amparado se encuentra actualmente recluida en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Copiapó, cumpliendo condena de 3 años y 1 día, por el delito de robo con intimidación en causa RIT 2029-2022, RUC 2100906763-6, del Juzgado de Garantía de Copiapó. Refiere que, conforme la información entregada por Gendarmería de Chile registra seis bimestres de muy buena conducta; el 20 de abril de 2022 como fecha de inicio de condena; el 22 de octubre de 2024 como fecha de término de condena; y, el 23 de octubre de 2023 como fecha de tiempo mínimo para los efectos de impetrar el beneficio de que se trata. Añade que la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar, por unanimidad, la petición de libertad condicional de su representada. Sostiene que el informe de postulación psicosocial de libertad condicional elaborado por el área técnica de Gendarmería da cuenta que la evaluada “se incorpora en mayo de del presente año al programa Privados de Libertad. Cuenta con Plan de Intervención en ejecución a la fecha, faltando para abordar, el módulo ‘actitud y orientación procriminal’, además de las acciones dirigidas a abordar los factores familia/pareja. Ambos factores, se consideran relevantes de intervenir en tanto, se encuentran íntimamente ligados a la participación de la interna en actividades delictivas. En este sentido y en la eventualidad de obtener el beneficio de libertad condicional, se sugiere, incorporar ambos factores a su intervención, fortaleciendo el análisis crítico en la interna, de su conducta criminógena, a la responsabilización por la misma, la identificación de factores de riesgo y sobre todo, la generación de estrategias coherentes y efectivas para disminuir el riesgo de involucrarse nuevamente en infracciones de ley” (sic). Además, señala los siguientes aspectos relevantes en relación con las actividades de reinserción realizadas, y que constan en el informe: La interna se incorpora al Programa para Privados de Libertad, en mayo del año 2023; de acuerdo con las actividades contempladas en su plan de intervención, a la fecha, participó del taller "Razonamiento crítico y resolución de problemas" y “Fomento de roles sociales”; con fecha doce de febrero del presente, inicia el Módulo Pares Antisociales, dirigido a la reflexión en torno al riesgo que supone la asociación a pares infractores de ley; en relación con el módulo DRAC, participó del taller “Kamishib
Fallo
Por estas consideraciones y con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, SE RECHAZA la acción constitucional de amparo deducida a folio 1 a favor de doña CECILIA DEL CARMEN LEVANCINI OLATE. Acordada con el voto en contra de la Ministra señora Marcela Araya Novoa, quien estuvo por acoger el recurso de amparo, teniendo para ello presente que los informes técnicos de Gendarmería de Chile dan cuenta de avances en la resinserción social de la amparada, cuyo riesgo de reincidencia actual es “medio”, lo que se ratifica con la pericia social acompañada por la defensa, que describe su arraigo social y posibilidad de incorporación a actividad laboral, visualizándose favorable continuar con el proceso de reinserción en el medio libre. Regístrese, comuníquese de inmediato y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-79-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, veintinueve de mayo de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: 1°) A folio 1, con fecha 22 de mayo de 2024, comparece doña Violeta Villalobos Utreras, abogada de la Defensoría Regional de Atacama, en representación de la condenada Cecilia del Carmen Levancini Olate, cédula nacional de identidad N° 10.367.121-3, actualmente privada de libertad en el Centro de Cumplimi
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