24º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

ZÚÑIGA / FUERZA AEREA DE CHILE (LTE)

Rol

Fecha

28 de mayo de 2024

Materia

LEY 20.609 CONTRA LA DISCRIMINACIÓN

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que, por la tramitación que se dio a esta causa desde su ingreso vía buzón a esta Corte de Apelaciones hasta su ingreso con número de Rol propio al 24° Juzgado Civil de Santiago, hizo imposible al abogado demandante conocer la resolución automática de 29 de diciembre de 2022 que lo apercibió a constituir el patrocinio, impidiéndole presentarse en la causa a hacer valer sus observaciones o cumplir lo ordenado dentro del plazo de tres días previsto en el artículo 2° inciso cuarto de la Ley N° 18.120. 2°) Que, de esa forma, habiendo tomado conocimiento de lo resuelto recién con fecha 5 de enero de 2023, se presentó dentro de plazo, el día 10 de igual mes y año, alegando la nulidad de lo obrado en la causa por dicha razón, fundado en antecedentes que constan en el propio expediente digital de estos autos, siendo innecesario agregar otros. 3°) Que, de esa forma, y tal como alegó el abogado demandante, en la tramitación de la causa se ha incurrido en un vicio sólo reparable con la declaración de nulidad de todo lo obrado en la causa a contar de la resolución de folio 2 del expediente de primera instancia, al haber hecho efectivo el apercibimiento decretado por la resolución automática referida. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de tres de abril de dos mil veintitrés, dictada por el Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, en la causa Rol N° C-15.545-2022 y, en su lugar se declara que es nulo todo lo obrado en primera instancia a contar de la resolución de folio 2, de 29 de diciembre de 2022, y se ordena proveer la demanda como en derecho corresponda. Comuníquese. N°Civil-6489-2023. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Antonio Ulloa Márquez, señor José Pablo Rodríguez Moreno y la Abogada Integrante señora Claudia Candiani Vidal. En Santiago, veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado

Fallo

se declara que es nulo todo lo obrado en primera instancia a contar de la resolución de folio 2, de 29 de diciembre de 2022, y se ordena proveer la demanda como en derecho corresponda. Comuníquese. N°Civil-6489-2023. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Antonio Ulloa Márquez, señor José Pablo Rodríguez Moreno y la Abogada Integrante señora Claudia Candiani Vidal. En Santiago, veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro. Al folio 18, téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1°) Que, por la tramitación que se dio a esta causa desde su ingreso vía buzón a esta Corte de Apelaciones hasta su ingreso con número de Rol propio al 24° Juzgado Civil de Santiago, hizo imposible al abogado demandante conocer la resolución automática de 29 de diciem

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