SIN INFORMACION

SUSANA SOTO ARTEAGA / FUNDACION EDUCACIONAL ALICANTE DEL SOL

Rol

Fecha

28 de mayo de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que doña Susana Soto Arteaga, comerciante, con domicilio en calle La Travesía Sur N°1955, comuna de Puente Alto, interpone recurso de protección en favor de sus hijos Lukas y Vicente, ambos de apellidos Barrios Soto, en contra de la Fundación Educacional Alicante del Sol, con motivo de no permitir su matrícula en el establecimiento educacional para el año 2024, a pesar de ser estudiantes de este durante el año 2023, acto que estima ilegal, arbitrario y vulneratorio de las garantías establecidas en la Carta Fundamental. Refiere que sus dos hijos deberían cursar 1° y 2° Medio durante el año 2024; que los mismos han sido estudiantes del colegio recurrido por más de 10 años; pero que, como consecuencia de la aplicación del nuevo sistema de admisión escolar, éstos quedaron sin matrícula. Sostiene que el 27 de diciembre pasado intentó matricularlos en el establecimiento, pues entendía que los cupos para alumnos antiguos estaban reservados, pero que en dicha oportunidad se le negó tal posibilidad, indicándole que debía anotarse en el sistema de lista de espera. Expone que lleva meses intentado explicar su situación a la Dirección del colegio sin obtener respuesta y sus hijos llevan tres semanas en casa sin poder reincorporarse al establecimiento lo que, además, ha afectado su ánimo. Solicita acoger el recurso y ordenar a la recurrida reintegrar a sus hijos al establecimiento. Segundo: Que evacúa informe al tenor del recurso, Sharon Gottlieb Sabah, abogado, en representación de la Fundación Educacional Alicante del Sol, sostenedora del colegio del mismo nombre, solicitando se rechace la presente acción constitucional de protección. Refiere que el 22 de febrero de 2023, la apoderada celebró un contrato de prestación de servicios educacionales para el referido año, para que sus hijos cursaran 8° básico y 1° medio, comprometiéndose a pagar por concepto de colegiatura la suma total de $1.543.840.-, sin embargo, no pagó dicha colegiatur

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Susana Soto Ortega, en contra de la Fundación Educacional Alicante del Sol, por haber perdido oportunidad. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad N°1327-2024 Protección.

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunció, escuchó relación y alegó en la Segunda Sala, contra el recurso de protección el abogado Jaime Morales Toledo. San Miguel, 28 de mayo de 2024. Andrea Román Bravo, relatora. San Miguel, veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro. Al folio 34: Téngase presente. Al folio 35: A sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que doña Susana Soto Arteaga, comerciante,

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