LÓPEZ/CHILEXPRESS S.A.
Rol
Fecha
28 de mayo de 2024
Materia
PRESTACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de diecisiete de abril de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-4987-2022, se resolvió rechazar la demanda, declarando que el despido de que fue objeto el actor es conforme a derecho y justificado conforme a la causal establecida en el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo; sin costas. Contra este fallo, la parte demandante interpone recurso de nulidad invocando la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, haberse dictado la sentencia con infracción de ley que influye sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con el artículo 160 N°7 del mismo cuerpo legal. En subsidio, invoca la causal del artículo 478 letra B) del Código del Trabajo, esto es, por haberse dictado sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de las partes.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, la demandante invoca la causal contenida en el artículo 477 del Código del Trabajo, toda vez que, a su juicio, no es correcto que se haya estimado como grave el supuesto incumplimiento contractual cometido por el trabajador, porque la demandada no logra afirmar en juicio con respecto al hecho de no dar inicio a una investigación de los hechos denunciados, que constituirían un delito contra la propiedad, hechos que fueron supuestamente denunciados por una tercera de una empresa externa de la empresa, quien no declaró en juicio, así como tampoco se acreditó la existencia de las supuestas mercaderías extraviadas, ni tampoco su individualización, ni el carta de despido ni en juicio. Afirma que lo denunciado influye sustancialmente en lo dispositivo del
Fallo
fallo porque se atribuye gravedad a una conducta a pesar de no estar acreditado el extravío de mercaderías, lo que permitió la decisión en su contra. Estima que de haberse aplicado correctamente el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, se debió dar lugar a las pretensiones de la demandante. Solicita, en concreto, que se anule el fallo impugnado y se dicte sentencia de reemplazo que acoja la demanda en todas sus partes. Segundo: Que, la causal del artículo 477, sobre infracción de ley, tiene como finalidad velar por una correcta aplicación del derecho a los hechos o al caso concreto determinado en la sentencia. En otras palabras, su propósito esencial está en fijar el significado, alcance y sentido de las normas, en función de los hechos tenidos por probados. Por lo mismo, esta causal, en su segunda hipótesis, supone la aceptación de los hechos establecidos en la sentencia, por lo que la fundamentación y sustento del recurso por este motivo debe ser coincidente con ese propósito. Del mismo modo, no es factible en esta causal impugnar el raciocinio valorativo que ha efectuado la sentencia de los medios de prueba aportados en el juicio, desde que esta apreciación incide en la determinación de los hechos de la causa, lo que –como ya se dijo- es ajeno al objetivo de la infracción de ley. Asimismo, el recurrente debe indicar qué modalidad de infracción de ley es la que concurre en la especie: contravención formal de la norma, falta de aplicación de la misma, aplicación indebida
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiocho de mayo de dos mil veintiocho. Vistos: Por sentencia de diecisiete de abril de dos mil veintitrés, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-4987-2022, se resolvió rechazar la demanda, declarando que el despido de que fue objeto el actor es conforme a derecho y justificado conforme a la causal establecida en el artículo 160 N°7 del Cód
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