SILVA VILLEGAS CRISTIAN ISAIAS / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
28 de mayo de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Nataly Villegas Montenegro, mediante formulario dispuesto al efecto, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Cristian Isaías Silva Villegas, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones, por haber rechazado su postulación al beneficio del mismo nombre. SEGUNDO: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su presidenta, Ministra señora Sandra Araya Naranjo, quien señaló que el amparado fue postulado por el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur y que, mediante resolución de fecha 26 de abril pasado, por unanimidad de sus miembros, se rechazó la concesión del beneficio impetrado. Explica que, al revisar los antecedentes del interno, contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, la Comisión estimó que, aun cuando el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio, manteniendo una conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2° del Decreto Ley N° 321, lo cierto es que la documentación aparejada a su formulario de postulación da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle dicho beneficio. Al respecto, consigna que: “(…) entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante es un interno con riesgo de reincidencia alto, mantiene discurso estereotipado frente al delito, donde si bien asume su responsabilidad frente a los hechos por los cuales cumple condena, reconoce el daño y mal causado de forma instrumental, sin presentar una reflexión culposa, con marcada tendencia a la minimización de las conductas delictuales, se observa deficiente capacidad para integrar su conducta en un contexto global infractor. Presenta dificultad para identificar elementos de riesgo en su entorno, desconociendo los rie
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado, tienen relación con que, si bien cumplía con los requisitos formales de tiempo de condena y buena conducta, la evaluación psicosocial indicaba que presentaba factores de riesgo de reincidencia. Específicamente, se señaló que se advierte un riesgo de reincidente alto, y que si bien reconoce el daño y el mal causado, lo hace en forma instrumental sin presentar una reflexión culposa, con marcada tendencia a la minimización de las conductas delictuales, y una deficiente capacidad para integrar su conducta en un contexto global infractor, unido a un dificultad para identificar elementos de riesgo en su entorno, y la falta de beneficios intrapenitenciarios de los que esté haciendo uso. SÉPTIMO: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones -conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321, modificado por la Ley N° 21.124-, denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones. OCTAVO: Que, de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad alguna a la resolución aludida ni menos que esta vulnere la garantía de la libertad personal del amparado.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Cristian Isaías Silva Villegas en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Amparo-1407-2024. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Antonio Ulloa Márquez, señor José Pablo Rodríguez Moreno y la Abogada Integrante señora Claudia Candiani Vidal. En Santiago, veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Nataly Villegas Montenegro, mediante formulario dispuesto al efecto, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Cristian Isaías Silva Villegas, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones, por haber rechazado su postulación al
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